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    <title>LU9 Mar del Plata</title>
    <subtitle>Entrevistas exclusivas para informarse minuto a minuto de lo que acontece en Mar del Plata.</subtitle>
    <updated>2026-08-14T11:58:22+00:00</updated>
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            Juicio contra el Pity Álvarez: ¿Cómo se avanzan las audiencias por homicidio contra el vecino del cantante?
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                <![CDATA[Dra. Patricia Kaufmann Payero]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/n3wWRCBTgg1W0OOyrW45UCky56c=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1778612590.png" class="type:primaryImage" /></figure><p>El juicio oral contra Cristian "Pity" Álvarez, ex líder de Viejas Locas e Intoxicados, comenzó esta semana en los tribunales porteños por el homicidio de Cristian Maximiliano Díaz, ocurrido en 2018 en Villa Lugano. El debate por el crimen empezó el lunes y tuvo como uno de sus momentos de mayor tensión el estado de salud del músico durante la audiencia. En LU9, la abogada Patricia Kaufmann Payero abordó la complejidad del expediente: un imputado que reconoció el hecho pero arrastra un severo deterioro por el consumo prolongado de pasta base, y un proceso que estuvo suspendido durante años por su estado mental.</p>El hecho y la acusación<p>El crimen ocurrió en la madrugada del 12 de julio de 2018, en el barrio Samoré de Villa Lugano, cuando Díaz se cruzó con Álvarez y le recriminó que lo acusara de haberle robado pertenencias de una mochila. Según la acusación, tras esa discusión el músico sacó un arma y mató de cuatro balazos a Cristian Díaz, conocido como "El Gringo".</p><p>Al entregarse al día siguiente, el propio Álvarez admitió el hecho ante la prensa: "Lo maté porque era entre él o yo, cualquier animal hubiera hecho lo mismo". La carátula es homicidio agravado por uso de arma de fuego, cuya pena va de 10 años y 8 meses a 33 años y 4 meses de prisión.</p><p>Kaufmann Payero remarcó que se trata de un caso difícil de analizar, "porque no es tan blanco y no todo es tan negro", y planteó que hay que contemplar tanto la situación del imputado como los derechos de la víctima.</p>Ocho años de idas y vueltas<p>La columnista reconstruyó el recorrido judicial. Tras la confesión, la defensa planteó un cuadro de confusión y miedo, y el músico fue derivado a un dispositivo de salud mental del sistema penitenciario —el programa PRISMA—, donde, según su relato, permaneció alrededor de tres años. Ahí, señaló, al deterioro por la adicción se sumaban otras patologías: "un combo" de consumo, diabetes e hipertensión.</p><p>Kaufmann Payero explicó que, agotada la prisión preventiva, Álvarez fue trasladado a centros de salud. En marzo de 2023, los jueces suspendieron el proceso al considerar que no estaba en condiciones psíquicas de afrontar un debate oral, tras un informe del Cuerpo Médico Forense que advertía sobre su capacidad de pensamiento y comprensión. La columnista describió ese diagnóstico como un "trastorno cognitivo mayor", con anhedonia —incapacidad de sentir placer— y un marcado deterioro psicoorgánico: "no hablamos de un desgano o de una tristeza, hablamos de una incapacidad orgánica de pensar y de discernir".&nbsp;</p>“La presencia no es solo física”<p>El eje jurídico que planteó la abogada es el principio de que nadie puede ser juzgado en ausencia. Pero, advirtió, esa presencia no se reduce al cuerpo del acusado sentado en la sala: "es necesario que su mente pueda comprender y pueda defenderse".</p><p>En esa línea, sostuvo que juzgar a alguien que no discierne la realidad "es un acto de crueldad, no un acto de justicia". Recordó, además, que el ejercicio del derecho de defensa depende de que el imputado pueda dar instrucciones a su abogado —en este caso, un defensor oficial— y que, según explicó, el ordenamiento procesal contempla suspender el proceso cuando una afección daña la capacidad de comprensión del acusado.</p>El giro de 2026: la “reserva cognitiva”<p>El escenario cambió este año. Los jueces desestimaron un nuevo planteo de la defensa y recordaron que el Cuerpo Médico Forense concluyó que Álvarez posee una "reserva cognitiva" suficiente para afrontar el proceso, además de remarcar su intensa actividad pública reciente —recitales, videos y entrevistas—. Kaufmann Payero apuntó que, aun así, el daño es irreversible y que el imputado conservaría solo "recursos mentales mínimos" para entender que está en juicio.</p><p>La defensa insiste en que Álvarez no está en condiciones. El fiscal Sandro Abraldes contrapuso esa postura con la actividad del cantante fuera de los tribunales y sostuvo que "dormirse o aburrirse no habilita a suspender el juicio". De hecho, durante la primera audiencia el músico se quedó dormido por momentos, lo que llevó a su abogado a pedir la suspensión del debate.</p>Cuando el sistema penal no alcanza<p>Para la columnista, el caso obliga a mirar más allá del expediente. Si el sistema penal no puede dar una respuesta por la situación del imputado, planteó, la respuesta la debe dar el sistema de salud: "promover la rehabilitación de la persona, acompañar su desarrollo". Ahí introdujo la Ley de Salud Mental como marco para ese abordaje.</p><p>También alertó sobre la magnitud de la pena en expectativa y se preguntó dónde quedaría alojado Álvarez en caso de una condena. Y dejó abierta una pregunta de fondo: un sistema de salud mental que, en muchos casos, "no viene dando respuestas" suficientes frente a personas con deterioro cognitivo evidente.</p>Qué viene ahora<p>El debate está a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 29, integrado por los jueces Gustavo Goerner, Juan María Ramos Padilla y Hugo Navarro. El proceso contempla 11 audiencias y la declaración de unos 70 testigos a lo largo de dos meses. Las jornadas continúan los días 14, 19, 24, 26 y 31 de agosto, y 2, 7, 9 y 14 de septiembre, en la sede de Paraguay 1536, en Recoleta.</p><p>La querella está representada por el abogado Fernando Burlando, mientras que Álvarez es defendido por el defensor oficial Javier Aldo Marino. Entre las víctimas presentes en el proceso está Verónica Román, última pareja de la víctima y madre de su hija menor. Kaufmann Payero insistió en que el resguardo de derechos alcanza a todas las partes y se comprometió a seguir el caso paso a paso.</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/n3wWRCBTgg1W0OOyrW45UCky56c=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1778612590.png" class="type:primaryImage" /></figure>En diálogo con "Pasen y Vean", programa que se transmite de 9.30 a 12 horas por LU9 Mar del Plata, Dra. Patricia Kauffman Payero, abogada especialista en Derechos Humanos,]]>
                </summary>
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                                <updated>2026-08-14T11:58:22+00:00</updated>
                <published>2026-08-14T11:55:35+00:00</published>
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            Inseguridad en Mar del Plata: para Fernández Garello &quot;hay que revisar algunas cuestiones de la ley penal&quot;
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/tnojmttblejjKCCI86y800WxF-4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/media/2026/05/fiscal_general_fabian_fernandez_garello.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El fiscal general de Mar del Plata, Fabián Fernández Garello, reconoció que la ciudad atraviesa un momento de preocupación por la coincidencia de hechos graves de inseguridad y sostuvo que detrás de buena parte de la violencia hay "un gran telón de fondo que es el consumo de sustancias tóxicas". En diálogo con LU9, distinguió entre distintos tipos de delito —homicidios, robos en domicilio y robo automotor—, advirtió que el homicidio "es uno de los hechos menos prevenibles que hay" y planteó la necesidad de corregir el régimen penal que, dijo, alimenta la sensación de "puerta giratoria".</p>"No hago el manual del buen delincuente"<p>Fernández Garello coincidió con el diagnóstico de preocupación social, pero pidió prudencia al hablar de estos temas. Explicó que evita "hacer el manual del buen delincuente públicamente" y que hay información que prefiere reservar para no exponer las debilidades del sistema, sobre todo de las fuerzas de seguridad.</p><p>El fiscal aprovechó para defender la autonomía y la inamovilidad de los cargos en el Poder Judicial. Señaló que esa garantía le permite hablar "con libertad" porque, a diferencia de otros ámbitos del Estado, a él "nadie lo va a trasladar" por lo que diga.</p>El homicidio, "de los menos prevenibles"<p>Sobre los crímenes más violentos, Fernández Garello fue categórico: el homicidio es, dijo, "uno de los hechos menos prevenibles que hay". Graficó que, frente a alguien decidido a matar dentro de un domicilio, "por más que pongas un patrullero en la esquina" el hecho difícilmente pueda evitarse.</p><p>El fiscal aportó cifras que, aclaró, a él mismo le resultan difíciles de explicar. Según su lectura, hasta 2015 Mar del Plata tenía una tasa de 80 a 90 homicidios por año, equivalente —remarcó— a la de toda la provincia de Córdoba. Esa cifra, precisó, luego "bajó a la mitad" y se estabilizó en torno a 30 o 40 casos anuales.</p><p>En ese marco relativizó el impacto estadístico de la última semana: recordó que semanas con tres o cuatro homicidios "ya ocurrieron hace 10 y hace 15 años". De todos modos, aclaró que cada caso "es una familia que está sufriendo".</p>Drogas: el "telón de fondo"<p>Para el fiscal, el hilo que atraviesa gran parte de la violencia es el consumo. Habló de "un alto consumo de tóxicos" en el perfil de los detenidos y sostuvo que ese factor explica conductas que escapan a la lógica del ciudadano común. "Hay que estar muy taimado de la cabeza para llegar a una situación de esta naturaleza", dijo sobre los crímenes más crueles.</p><p>Fernández Garello trasladó el problema a su origen. Planteó que si el país "no se sienta a hablar con Bolivia" para frenar la producción, la ciudad seguirá "atajando en el territorio" una oferta permanente de estupefacientes. Ubicó los cultivos y las cocinas "en la selva boliviana y en la selva peruana" y sostuvo que el combate debe darse de país a país.</p>Narcomenudeo y crimen organizado: nueva tecnología<p>El fiscal general destacó dos cambios recientes en la investigación del crimen organizado. Por un lado, la instalación en la ciudad de un nuevo organismo policial de investigaciones complejas, con el que la Fiscalía de drogas ya realizó procedimientos en Villa Gascón, en el barrio Coronel Dorrego, uno de los puntos más calientes del narcomenudeo local.</p><p>Por otro, la incorporación de tecnología que —explicó— cambia la forma de trabajar. Subrayó que hoy la clave es investigar "el rastro digital": el que queda en los teléfonos, en los chats y en los dispositivos secuestrados. Comparó ese avance con las herramientas de extracción de evidencia móvil que, dijo, la Fiscalía usa desde hace más de una década.</p>Robo automotor: la maniobra de la chapa patente<p>Fernández Garello anticipó novedades en materia de robo automotor, un delito que —reconoció— creció con fuerza. Adelantó que hay una investigación en curso cuyos resultados serán "sorprendentes", aunque evitó dar detalles.</p><p>Sí explicó cómo mutó el delito para esquivar los lectores de patentes: las bandas "roban primero la chapa patente" de un vehículo y luego roban otro idéntico, de modo que el auto sustraído circula con una patente cuyo robo no fue denunciado. También cuestionó fallas del propio Estado en la identificación vehicular.</p>Femicidios y "puerta giratoria"<p>Consultado por los femicidios, el fiscal marcó una diferencia: sostuvo que, a diferencia de otros delitos, el autor de un femicidio "en general no es un reincidente", aunque pueda registrar denuncias previas por violencia de género. Aclaró que la figura del delincuente de "puerta giratoria" corresponde más a otros rubros del delito.</p><p>Y ahí apuntó al corazón de su reclamo. Explicó que en los casos de flagrancia las penas previstas por el Código Penal se reducen "de un tercio a la mitad", lo que —dijo— hace que los detenidos recuperen rápido la libertad y vuelvan a delinquir. "La cárcel está llena de reincidentes cumpliendo penas cortas", graficó, y pidió una visión del derecho "más instrumental y menos académica".</p>Un problema que excede al Poder Judicial<p>El fiscal insistió en que la salida no es solo policial ni judicial. Reclamó trabajar "fuerte en educación, en los barrios, en las adicciones" y lamentó que muchos jóvenes elijan la venta de droga en el barrio antes que un oficio, pese a la oferta de formación —citó la Escuela Municipal de Artes y Oficios y las escuelas de los gremios—.</p><p>Como retrato de la crisis, mencionó que en el hospital "no hay noche que no reciba una o dos personas apuñaladas", casos que —sospecha— suelen estar vinculados a disputas por droga y que ni siquiera derivan en denuncia.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/tnojmttblejjKCCI86y800WxF-4=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/media/2026/05/fiscal_general_fabian_fernandez_garello.webp" class="type:primaryImage" /></figure>En diálogo con "Ecos de Mañana", programa que se transmite de 7.30 a 9.30 horas por LU9 Mar del Plata, Fabián Fernández Garello, fiscal general de Mar del Plata, analizó la situación de criminalidad en la ciudad.]]>
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                                <updated>2026-08-04T18:57:05+00:00</updated>
                <published>2026-08-04T18:54:34+00:00</published>
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            La crisis del sistema sanitario: el amparo como protección judicial
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/MooElJGI48aFKyerrQ-IjtAM6Fw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/media/2026/07/justicia_y_salud.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>En un delicado contexto de judicialización de la salud, que ha transformado los tribunales en una verdadera terapia intensiva de gestión asistencial, pareciera ser que los jueces han pasado a ocupar un rol de ocasionales directores médicos de emergencia para salvar las fallas del sistema primario.</p><p>Para interpretar cómo operan los amparos de salud – y un mejor entendimiento de este proceso sanitario judicializado- se impone recurrir a algunas palabras de la propia terminología de la medicina hospitalaria, para luego si avanzar en el estudio jurídico de la problemática.</p>A) Por ello el triage y la admisión convienen en representar el amparo y la medida cautelar.<p>En un hospital, dicho triage determina la gravedad del paciente para asignarle prioridad. En el ámbito legal, el recurso de amparo es el ingreso de emergencia del paciente al sistema judicial debido a una falla multiorgánica de su cobertura médica.</p><p>En tanto la medida cautelar actúa como una maniobra de reanimación cardiopulmonar (RCP) tratándose de una orden judicial de urgencia que busca estabilizar al paciente de forma inmediata (por ejemplo, ordenando la entrega urgente de un fármaco oncológico) mientras se diagnostica y debate el fondo de la cuestión legal.</p>B) Por su parte el diagnóstico de la patología es la determinación de la vulneración de derechos:<p>El tribunal debe emitir un diagnóstico preciso sobre la conducta de la obra social o prepaga. La negativa a cubrir un tratamiento no se ve solo como un incumplimiento contractual, sino como una isquemia de derechos fundamentales (falta de flujo del derecho a la salud y a la vida). En esa instancia el juez evalúa si existe un peligro en la demora, lo cual equivale a un pronóstico reservado de alto riesgo de shock irreversible si no se interviene de inmediato.</p>C) Aparece entonces el plan terapéutico, la sentencia definitiva:<p>Una vez que el juez evalúa la historia clínica del caso (las pruebas, recetas de los médicos tratantes y pericias), dicta la sentencia definitiva. Esto equivale al alta de terapia intensiva con un plan terapéutico crónico obligatorio. Ese fallo judicial prescribe detalladamente el tratamiento, la medicación o la prótesis exacta que el agente de salud debe suministrar de forma sistémica.</p>El fin pretendido y sus alcances<p>El acceso a la salud vive hoy una profunda contradicción. Por un lado, las leyes, la Constitución y los tratados internacionales prometen a las personas un bienestar físico y mental sin precedentes, respaldado por los constantes avances de la medicina. Por el otro, la realidad diaria de los pacientes, médicos y administradores muestra una falta crónica de recursos, hospitales con serios problemas de financiamiento, trámites burocráticos agotadores y condiciones de trabajo muy precarias. En medio de este panorama, acudir a la justicia ha dejado de ser un recurso excepcional para convertirse en un medio de alta probabilidad para conseguir atención médica.</p><p>Por eso puede asegurarse que el sistema de salud se encuentra, en sentido figurado, en terapia intensiva judicial.</p><p>El juicio de amparo fue pensado originalmente como una herramienta de emergencia y excepción para frenar de forma rápida abusos o ilegalidades evidentes que no pudieran resolverse por los caminos normales. Sin embargo, su función ha cambiado por completo. Hoy se ha transformado en la ventanilla común y en el trámite obligatorio para que muchas personas puedan recibir sus tratamientos. Pacientes oncológicos, con enfermedades poco frecuentes y con discapacidades se ven obligados a iniciar demandas judiciales para obtener desde medicamentos muy costosos hasta una silla de ruedas o rehabilitación. De este modo, los jueces han tenido que dejar su rol tradicional de controlar la legalidad para transformarse en una suerte de administradores de hecho del sistema de salud, decidiendo en profundas cuestiones como lo es la partición de recursos económicos escasos.</p><p>Se pretende con este análisis llegar al fondo del complejo escenario de la salud judicializada, donde se entrecruzan las leyes, los trámites y los verdaderos dramas humanos. Expondré cómo la salud se consolidó como un derecho humano fundamental, a la que se citarán algunas ejemplificativas decisiones judiciales e instrumentos de aplicación en el extranjero como en nuestro país y se considerará la compleja tarea de los jueces en esta materia dado el aumento masivo de estas demandas. También se contrastará esta realidad con la visión de los auditores médicos y la crisis material de los hospitales públicos. Es que el diagnóstico es claro: la justicia está sosteniendo un sistema sanitario en crisis, atrapada entre la obligación de salvar vidas en lo inmediato -además de hacer garantizar una buena calidad e vida- y la necesidad de que el sistema sea económicamente sostenible para toda la sociedad en el largo plazo.</p>I.1. Variaciones del tema<p>I.1.a. Objeto preliminar</p><p>Para entender por qué la justicia interviene con tanta profundidad en el ámbito sanitario, es necesario revisar cómo ha cambiado el concepto mismo de salud. Ya no se la define simplemente como la ausencia de enfermedades o dolores físicos. Hoy, las organizaciones internacionales y la protección de los derechos humanos entienden a la salud de forma integral, como un estado de completo bienestar físico, mental y social que está unido a la dignidad de cada persona.</p><p>Como señala el doctrinario Osvaldo Gozaíni[ii] la salud es un derecho fundamental que exige soluciones judiciales rápidas, directas y oportunas cuando se presenta una urgencia. No se trata de una promesa a futuro o de un plan del gobierno que dependa de la buena voluntad política, sino de un derecho real y obligatorio que obliga a cumplir a todas las normas y contratos.</p><p>En los países de América Latina, y en Argentina en particular, desde la reforma constitucional de 1994 el derecho a la salud cuenta con una protección máxima porque los tratados internacionales tienen la misma jerarquía que la Constitución Nacional. Cuando un juez evalúa un caso de salud, no aplica simples reglamentos o resoluciones de un ministerio, sino que aplica directamente normas internacionales que obligan a proteger la vida. Entre los documentos más importantes se encuentran el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Protocolo de San Salvador, la Declaración Universal de Derechos Humanos y las convenciones específicas para la protección de niños y de personas mayores. En caso que una obra social o el Estado nieguen una prestación, el conflicto supera la discusión de un contrato privado y se convierte en una posible violación de los compromisos internacionales del país.</p><p>La Corte Interamericana de Derechos Humanos[iii] ha establecido reglas muy claras para los Estados en casos de negligencia y falta de atención médica. Estos estándares obligan a los países a controlar de forma estricta, tanto a los hospitales públicos como a las clínicas privadas, para evitar que se afecte a los pacientes garantizando que existan caminos judiciales rápidos y efectivos. Asimismo, las decisiones del tribunal internacional ratifican la exigibilidad directa y autónoma de los derechos sociales [iv]</p><p>Además, las decisiones de los magistrados deben buscar siempre que los derechos se cumplan en la práctica, dejando de lado los formalismos excesivos que puedan trabar la atención médica urgente.</p><p>Un cambio clave en los últimos años es que los derechos sociales y de salud ya no se consideran promesas vacías atadas al presupuesto estatal. La jurisprudencia internacional determinó que la falta de recursos económicos no puede usarse como una excusa general para negar la atención ante una emergencia médica o tratamientos vitales. Cuando una persona va a la justicia, está reclamando un derecho humano básico que los jueces deben hacer cumplir de inmediato, sin permitir demoras burocráticas o papeles inconclusos.</p><p>El amparo también cambió su enfoque. Antes se exigía que el paciente agotara primero todos los reclamos posibles en el Estado o en la obra social antes de presentarse en los tribunales, despareciendo la obligación de una persona enferma o de una familia con un hijo con discapacidad a transitar por meses de trámites administrativos siendo ello un sinsentido biológico. La urgencia del daño desplaza cualquier exigencia burocrática, convirtiendo al amparo en un camino directo, rápido y sin vueltas. Cuando la salud o la vida están en peligro inminente, las exigencias de agotar trámites previos se dejan de lado[v]</p><p>Aunque la mayoría de los amparos los inicia un paciente en particular contra su obra social para obtener una cobertura específica, las sentencias tienen un fuerte impacto en toda la comunidad. Lo que la justicia decide sobre un medicamento de última generación o un tratamiento costoso no se limita a resolver el problema de esa persona, sino que modifica los criterios de auditoría médica, influye en las finanzas de las empresas de salud y modela la forma en que otros pacientes en el futuro accederán a esos mismos servicios. La decisión individual se convierte así en una regla con impacto en todo el sistema.</p><p>Para resolver estos conflictos, la magistratura utiliza principios protectores muy claros: le da prioridad absoluta a la vida frente al interés comercial, aplican la opción más favorable al paciente en caso de dudas sobre un contrato, actúan de forma preventiva ante la simple sospecha de un daño grave y exigen que sean las grandes empresas de medicina o el Estado quienes demuestren científicamente por qué no quieren cubrir un tratamiento, invirtiéndose la carga de la prueba a favor de la persona más débil.</p><p>La realidad en los juzgados muestra la gravedad de la crisis, como más adelante ahondaré. El diario ingreso de demandas de amparo satura el trabajo diario, apreciándose que las personas acuden desesperanzadas por la falta de respuestas para tratamientos graves o el pedido de remedios oncológicos y de prótesis, emergiendo el Poder Judicial como refugio quedando así claro el fenómeno que refleja una falla ya generalizada en todo el país.</p><p>Esta avalancha de casos genera una gran tensión operativa. Los jueces deben respetar los tiempos legales mínimos y el derecho de defensa de las obras sociales y del Estado, pero el tiempo que conlleva la tramitación embiste de frente con el tiempo biológico de los enfermos, donde una demora de pocas semanas puede agravar una enfermedad o causar la muerte. Por eso, los magistrados recurren de forma constante a las medidas cautelares urgentes. Mediante estas órdenes rápidas, el juez obliga a entregar el medicamento o insumo de inmediato bajo amenaza de sanciones económicas o denuncias penales, dejándose la discusión legal profunda para más adelante.</p><p>Por su parte, las empresas de medicina prepaga y las obras sociales han endurecido sus posturas jurídicas para proteger su rentabilidad y estabilidad económica. Su defensa principal es el Programa Médico Obligatorio (PMO) que dicta el Ministerio de Salud. Argumentan que solo están obligadas a cubrir lo que figura de forma explícita en el listado oficial y que cualquier medicación nuevo o tratamiento en el exterior debe ser costeado por el Estado. Sostienen además que las órdenes judiciales que las obligan a pagar tratamientos , por considerarlos de costos astronómicos, ponen en riesgo los fondos comunes y la atención del resto de los afiliados.</p><p>En este conflicto, el rol del auditor médico ha variado sustancialmente. Tradicionalmente, este profesional controlaba los costos y aplicaba de forma estricta las listas del PMO. Hoy, ante la ola de juicios, debe convertirse en un evaluador de riesgos legales y humanos. Una auditoría interna más flexible y con criterio científico podría autorizar a tiempo un medicamento justificado y evitar un juicio costoso y desgastante. Cuando la auditoría se limita a una negativa automática por razones puramente contables, empuja al paciente a demandar, sumando al costo del remedio los honorarios y gastos del proceso judicial.</p><p>Si el sector privado y las obras sociales sufren dichas tensiones, más caótica es la realidad de los hospitales públicos de nivel municipal, provincial y nacional que atraviesan una situación de colapso material profundo. La atención en sanatorios públicos es la última red de contención para personas sin trabajo formal ni cobertura médica. Allí es que adquiere relevancia las denuncias de algunos recurrentes del sistema estatal sanitario poniéndose en evidencia problemas graves: falta constante de insumos básicos, equipos de alta tecnología rotos que tardan meses en repararse, edificios muy deteriorados y listas de espera interminables para cirugías complejas, incluso en centros médicos de referencia histórica de prestigiosa trayectoria.</p><p>Es posible afirmar que los médicos, enfermeros y técnicos sostienen el funcionamiento diario con un enorme sacrificio personal y desgaste laboral. Adquiere relevancia mencionar que la falta de personal especializado y la migración de profesionales hacia el sector privado o el exterior del país conspira con la calidad de la concreción de las medidas judiciales, alcanzando sobremanera a las áreas como la salud mental y colocando a los profesionales en un dilema ético para lograr una debida atención a sus pacientes.</p><p>Frente a la inacción ante el oportuno reclamo de los necesitados de la respuesta de los sistemas de salud pública y privada, la intervención activa de los jueces genera un interesante debate. Quienes critican a la justicia argumentan que los jueces no tienen la función ni el conocimiento macroeconómico para decidir sobre el gasto público, y que al ordenar coberturas individuales millonarias desarticulan los planes sanitarios generales. Sin embargo, la doctrina moderna responde que cuando está en juego el derecho supremo a la vida, el juez constitucional no puede ser un espectador neutral. Su obligación es intervenir ante la ilegalidad o el abandono burocrático, adaptando las herramientas legales para que los derechos humanos estén por encima de los criterios del mercado.</p><p>Para evaluar si la negativa de una obra social o del Estado es válida, los tribunales como Magistrados debemos aplicar un control de razonabilidad muy estricto. Cuando el derecho a la vida está bajo amenaza, la carga de la prueba se invierte. Ya no es el paciente con problemas de salud quien debe demostrar que la norma lo perjudica, sino que la empresa o el Estado deben probar de manera incuestionable ante el juez que su negativa responde a un interés público superior, que no existen otras alternativas menos perjudiciales y que el tratamiento reclamado es realmente ineficaz o innecesario. Si no logran demostrarlo con rigor científico, el Poder Judicial declara la arbitrariedad de la negativa y ordena la cobertura inmediata. Es que en estos expedientes rigen principios de protección especiales: la interpretación más favorable a la persona (principio pro homine), el deber de prevención del daño, el interés superior del niño y la regla de la carga dinámica de la prueba. Mediante esta última, corresponde a las obras sociales o empresas de medicina prepaga demostrar científicamente que la prestación demandada no es eficaz o adecuada para la persona.</p><p>Cuando una entidad niega una atención médica basándose en resoluciones administrativas o reglamentos internos, los criterios de la Corte Suprema de Justicia de la Nación exigen la aplicación de un control de evaluación exigente sobre la justificación prestada[vi]</p>II.1 LA PRAXIS JUDICIAL EN LA TRINCHERA:<p>Para profundizar el impacto material y sociológico del fenómeno de la Salud en Terapia Judicial como ya vengo exponiendo, resulta imperativo abandonar transitoriamente la abstracción de los manuales de derecho y adentrarse en la realidad fáctica de los juzgados de primera instancia. En un observatorio empírico sobre la magnitud de la crisis institucional que conlleva este estadio es advertible el aumento exponencial y sostenido de los juicios de amparo por motivos de salud dejando de configurar una excepción procesal para constituir una demanda (asimilable a la hospitalaria) cotidiana que presiona fuertemente sobre las capacidades operativas de la estructura judicial de los poderes judiciales provinciales y federal.</p><p>Es necesario remarcar que las demandas abarrotan diariamente los despachos judiciales y versan sobre situaciones de una sensibilidad humana extrema. Ya no puede obviarse que muchos ciudadanos acuden en masa a los estrados judiciales impulsados por la desesperación ante la imposibilidad material de acceder a tratamientos médicos críticos, medicamentos oncológicos, drogas inmunosupresoras de altísimo costo, prótesis ortopédicas importadas o coberturas asistenciales integrales para personas con discapacidad o patologías neurodegenerativas.</p><p>Ello impone un inmediato proceder responsable del Magistrado actuante, que sea adecuado a su compromiso ético y funcional. Y estoy en lo cierto si afirmo que ello se inscribe como un síntoma de tendencia generalizada y de carácter estructural que afecta al ecosistema sanitario nacional en su conjunto.</p><p>Dicha desarticulación material de los canales ordinarios de prestación y el endurecimiento de las auditorías de las obras sociales y prepagas, impulsa al paciente a los juzgados de primera instancia convirtiéndolos en la última trinchera institucional susceptible de dispensarle un concreto amparo de la justicia frente al desamparo biológico.</p>La tensión operativa entre formalismo procesal y urgencia vital-camino alternativo<p>La saturación de amparos por salud a la que vengo aludiendo sitúa a la estructura del Poder Judicial en una tensión de difícil resolución operativa. Por un lado, el magistrado debe velar por el respeto irrestricto de las garantías constitucionales mínimas que gobiernan el debido proceso legal de raigambre clásica: la bilateralidad de la controversia, el derecho de defensa de los organismos demandados (obras sociales, empresas prepagas, el Estado Nacional a través del Ministerio de Salud o el PAMI) y el tiempo indispensable para la sustanciación elemental del litigio.</p><p>Estoy convencido que –en este esquema- existe al propio tiempo una frecuente percepción errónea por parte de la sociedad respecto a los tiempos internos de la administración de justicia, en tanto los procesos judiciales albergan necesariamente distintas etapas procesales y salvaguardas legales que deben ser escrupulosamente respetadas por imperio de la seguridad jurídica.</p><p>Justamente este factor diferenciador en los amparos sanitarios estriba en que el tiempo procesal colisiona dramáticamente con aqul tiempo biológico del amparista que ya mencioné. Un retraso formal de escasas semanas en el dictado de un proveído o en la notificación de un traslado puede sellar de forma irreversible el destino clínico del paciente, provocando el agravamiento definitivo de su patología, secuelas crónicas invalidantes o el desenlace fatal de su existencia individual.</p><p>Frente a esta encrucijada existencial, los magistrados debemos velar decididamente por la aplicación de las herramientas cautelares y urgentes que les brinda el ordenamiento procesal constitucional para actuar con la máxima velocidad y audacia institucional.</p><p>El dictado de medidas cautelares , precisamente las innovativas y tutelas autosatisfactivas, se convierten en el mecanismo predilecto a través del cual la judicatura atiende dicha emergencia sanitaria y acorta así el largo camino a recorrer. Mediante estos institutos, el juez ordena de manera provisoria, pero de ejecución inmediata y obligatoria bajo apercibimiento de severas astreintes (sanciones pecuniarias conminatorias) o denuncias penales por desobediencia, la inmediata provisión del medicamento o el insumo cuando no tratamiento médico prescripto, postergando la discusión jurídica de fondo para el dictado de la sentencia definitiva.</p><p>El juez pareciera así asumir una función protectora de emergencia, desplegando un rol activo indispensable para que la promesa constitucional de acceso a la salud no se trueque en una mera quimera abstracta o en un enunciado utópico.</p><p>En el final de esa reflexión asumo que el desafío final de la salud judicializada es que el amparo individual, aunque salva vidas en la urgencia de cada día, no soluciona los problemas de fondo del sistema sanitario. El dictado de miles de sentencias aisladas deja intactas las fallas estructurales y la mala gestión. Por este motivo, aunque la sentencia de amparo individual sigue siendo indispensable para la emergencia, el derecho moderno apunta hacia las sentencias estructurales. Estas decisiones no se limitan al caso particular, sino que convocan a las autoridades políticas, auditores, laboratorios y trabajadores para diseñar reformas profundas y soluciones colectivas que garanticen una justicia distributiva y duradera para toda la comunidad.</p><p>La judicialización de la salud no es un capricho de los abogados ni una moda de los tribunales; es el reflejo visible y doloroso de un sistema que no funciona por las vías normales. Mientras el hospital público sufra el deterioro material, las obras sociales se escuden en listas desactualizadas para cuidar sus balances y el Estado no asuma su rol de real garante, los ciudadanos seguirán buscando refugio en los juzgados.</p><p>De no hallarse una solución a esta realidad incontrastable los jueces continuarán cumpliendo con la tarea de resolver estas emergencias humanas a través de medidas cautelares, so riesgo de pasar a ser considerado en una suerte de coadministrador de la salud del país. La salida de esta crisis exige que tanto el poder político, las empresas de salud y los profesionales de la medicina trabajen de forma conjunta en una política sanitaria integrada, humana y sostenible que cumpla de verdad con los mandatos de la Constitución que nos merecemos.</p><p>[i] Abogado egresado de la U.N.L.P.; Master en Derecho Penal en la Universidad de Salamanca, España. Ha ejercido la docencia en el Instituto de Estudios Judicial de la S.C.J. de la provincia de B.A. y ha sido profesor contratado por la U.N. S., Actual Profesor Titular en la materia Derecho Penal I en la Universidad Atlántida de Mar del Plata y Profesor en la carrera de Gestión Judicial en la Universidad Nacional de Mar del Plata- Facultad de Derecho- Ex Juez Penal en la provincia de Bs.As y Juez Subrogante en el Tribunal Oral Federal de Juicio y la Cámara Federal, ambos de Mar del Plata. Actualmente ejerce la titularidad del Juzgado Federal en lo Civil y Penal de Necochea.</p><p>[ii] GOZAÍNI, O. A., "Derecho Procesal Constitucional. El amparo de la salud", Ed. Rubinzal-Culzoni, Santa Fe, 2017, p. 85.</p><p>[iii] (Interpretación de los fallos: Corte IDH, 04/07/2006, "Caso Ximenes Lopes vs. Brasil", Serie C No. 149; Corte IDH, 25/11/2008, "Caso Albán Cornejo y otros vs. Ecuador", Serie C No. 183)</p><p>[iv] Conf. Criterios de fallos de la Corte IDH, 31/08/2017, "Caso Lagos del Campo vs. Perú", Serie C No. 340; Corte IDH, 08/03/2018, "Caso Poblete Vilches y otros vs. Chile", Serie C No. 349.</p><p>[v] JARA, S. C., "La judicialización de la salud en la Argentina: El amparo y las medidas cautelares para la obtención de medicamentos y tratamientos de alto costo", Ed. Hammurabi, Buenos Aires, 2021, ps. 45-112; VEGA, A., "El derecho a la salud amparada y la jurisprudencia constitucional", RDP, 2019, 8, ps. 112-140.</p><p>[vi] CSJN, 16/10/2001, "Campodónico de Beviacqua, Ana Carina c/ Ministerio de Salud y Acción Social", Fallos: 324:3569; CSJN, 11/08/2009, "Associationi Processo per la Tutela dei Diritti Umani c/ Estado Nacional", Fallos: 332:1963.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/MooElJGI48aFKyerrQ-IjtAM6Fw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/media/2026/07/justicia_y_salud.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La creciente cantidad de amparos por prestaciones médicas revela una crisis estructural del sistema de salud. En un ensayo, el juez Bernardo Daniel Bibel sostiene que los tribunales se transformaron en una suerte de "terapia intensiva" para pacientes que no encuentran respuestas en obras sociales, prepagas ni hospitales públicos.]]>
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                                <updated>2026-07-31T17:08:18+00:00</updated>
                <published>2026-07-31T17:07:37+00:00</published>
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            Caso Wanda-Icardi: ¿Qué resuelve la Justicia en torno a alimentos y visitas de sus hijos?
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                <![CDATA[Dra. Patricia Kaufmann Payero]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/n3wWRCBTgg1W0OOyrW45UCky56c=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1778612590.png" class="type:primaryImage" /></figure><p>La pelea judicial entre Wanda Nara y Mauro Icardi por la manutención y los pasaportes de sus hijas sirvió esta semana en LU9 como puerta de entrada a un tema que atraviesa a miles de familias: cómo se define quién paga la cuota alimentaria, ante qué juez y con qué reglas. La especialista en derechos humanos Patricia Kaufmann Payero, columnista habitual del ciclo, tradujo el caso mediático a la vida cotidiana de cualquier vecino de Mar del Plata.</p><p>La abogada planteó que detrás del ruido del espectáculo hay figuras jurídicas concretas —cuota alimentaria, centro de vida, régimen de comunicación y autorización de viaje— que se resuelven todos los días en los tribunales de familia. "Son dos situaciones diferentes: una es el reclamo de alimentos y la otra es la autorización de viaje o de firma de un documento", diferenció para ordenar el análisis.</p>El "centro de vida", la clave que define qué juez interviene<p>El primer concepto que despejó Kaufmann Payero es el que explica por qué el reclamo por alimentos se tramita en la Argentina y no en el exterior, pese a que Icardi jugó en Turquía. "El juez que define la situación es el del lugar donde los hijos viven con mayor habitualidad: eso se llama centro de vida", señaló.</p><p>Para acreditarlo no alcanza con una declaración: hay que demostrar arraigo. "Las chicas tienen que estar escolarizadas, ir al club, tener amigos; vos tenés que acreditar todo eso", detalló la letrada. En el caso de Francesca e Isabella, las hijas de la pareja, la escolarización en Buenos Aires fue determinante para fijar la competencia argentina en el reclamo de alimentos y en el régimen de comunicación (lo que antes se conocía como "régimen de visitas").</p>Deudores alimentarios: del registro al Mundial 2026<p>Cuando un progenitor no cumple con la cuota, se lo inscribe en el Registro de Deudores Alimentarios, con consecuencias cada vez más amplias. Kaufmann Payero recordó que esa condición fue la que complicó los planes de Icardi para asistir al Mundial 2026 en los Estados Unidos.</p><p>El programa Tribuna Segura, del Ministerio de Seguridad, amplió los controles: el Estado argentino remitió a las autoridades norteamericanas el listado de morosos para impedir su ingreso a los estadios durante la Copa del Mundo. Ese padrón ronda los 13.000 deudores alimentarios y trepa a unas 34.000 personas si se suman otras restricciones judiciales. Sobre el perfil de esos deudores, la abogada aportó un dato propio: "En general son varones, alrededor del 98 por ciento".</p>Pasaportes robados en Milán y una firma que se puede suplir<p>El capítulo más reciente sumó otro instituto: la autorización para gestionar documentación de menores. Tras un robo en la casa de Milán —donde estaba la abuela de las niñas al cuidado de las nenas— fueron sustraídos, entre otras cosas, los pasaportes de las hijas. Para tramitarlos de nuevo se necesita la firma de ambos progenitores, y el futbolista se habría negado.</p><p>Kaufmann Payero explicó el mecanismo que existe para estos casos, tanto en Italia como en la Argentina: "Cuando uno de los progenitores no firma un documento, esa firma se suple con la del juez". En la práctica, el magistrado interviniente intimó a Icardi a colaborar con el trámite consular, con plazo perentorio y bajo apercibimiento de multa.</p>Qué pasa en Mar del Plata: la autorización de viaje, un trámite habitual<p>Acá aparece el impacto local. La abogada fue categórica: "En Mar del Plata es muy habitual que alguno de los progenitores no firme, por ejemplo, la autorización de salida del país".</p><p>El punto es cotidiano en vacaciones. Para viajar a Uruguay, Brasil o Chile no hace falta pasaporte, pero sí una autorización para cruzar la frontera cuando el menor viaja sin uno de sus padres, o cuando lo hace con un tío o un abuelo. Sin esa firma, el viaje no se concreta.</p>Cómo iniciar el reclamo, paso a paso<p>Kaufmann Payero ordenó el circuito para quien enfrenta esta situación. Primero, el diálogo: "Se habla con el otro progenitor; si hay reticencia, hay que iniciar el juicio". En ese trámite se debe acreditar que la otra parte no quiere o no puede firmar, o que directamente no hay contacto.</p><p>Después llega la instancia judicial. Se cita al progenitor reticente a una audiencia para intentar convencerlo. "Si las explicaciones no son contundentes, el juez firma directamente la autorización", cerró la abogada. El mensaje de fondo, para cualquier familia: ponerse al día con la cuota y encarar a tiempo los trámites evita quedar frenado en la frontera o en un registro de deudores.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/n3wWRCBTgg1W0OOyrW45UCky56c=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1778612590.png" class="type:primaryImage" /></figure>En diálogo con "Pasen y Vean", programa que se transmite de 9.30 a 12 horas por LU9 Mar del Plata, la Dra. Patricia Kaufmann Payero, abogada especialista en Derechos Humanos, habló sobre la polémica causa que involucra a Wanda Nara y Mauro Icardi por la tenencia y la manutención de sus hijos.]]>
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                                <updated>2026-07-30T21:56:32+00:00</updated>
                <published>2026-07-30T21:55:22+00:00</published>
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            Citaron a declarar al hijo de la mujer investigada por la muerte de la nena de dos años
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/5sXocbXKVQoPGAER_HMKF5mzcyQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/media/2026/07/lucia_sosa_acusada_de_la_muerte_de_su_hija_de_dos_anos_en_villa_gesell.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Una mujer con raíces judiciales en Mar del Plata volvió a quedar en el centro de la escena tras la muerte de su hija de 2 años en Villa Gesell. Lucía Sosa (44) fue detenida el lunes por "abandono de persona seguido de muerte agravado por el vínculo", y este miércoles declarará como testigo Lucas (17), uno de sus hijos biológicos, dado en adopción durante su infancia.</p><p>En diálogo con LU9, la abogada de familia Erika Hooft —que intervino en el expediente del joven cuando quedó al resguardo de los Hogares de Belén— aportó el contexto de un caso que, por sus antecedentes, conmociona también a Mar del Plata. La letrada confirmó que fue convocada a la audiencia junto con Lucas y su madre adoptiva.</p>Una causa que reabrió una historia marplatense<p>Sosa ya había sido juzgada y absuelta años atrás por la muerte de otras dos de sus hijas: Candela, en 2013, cuando tenía seis meses, y Yazmín, en 2016, a los once meses. Por este último caso, la mujer y su entonces pareja estuvieron detenidos cerca de dos años antes de ser sometidos a juicio.</p><p>El nuevo expediente se inició el pasado 21 de julio, cuando Sosa llegó al Hospital Municipal Arturo Illia de Villa Gesell con la niña, Isabella, ya sin signos vitales. Según su relato, la beba se había broncoaspirado mientras tomaba la mamadera. La causa está a cargo del fiscal Juan Pablo Calderón, de la Unidad Funcional de Instrucción Descentralizada N°6 del Departamento Judicial de Dolores.</p><p>La autopsia determinó que la muerte se produjo por una asfixia obstructiva que derivó en hipoxemia y paro cardiorrespiratorio. La interpretación de ese informe forense aún se discute dentro de la investigación, que continúa con nuevas pericias.</p>Diez años de revinculaciones forzadas<p>Hooft explicó que empezó a seguir el drama familiar en 2008, cuando a Lucas —entonces un bebé— lo habían apartado de Sosa tras ingresar al hospital con un cuadro de asfixia a los 21 días de vida. A partir de allí, dijo, comenzó "una travesía terrible" marcada por los intentos judiciales de reintegro.</p><p>La letrada relató que, pese a las denuncias, la Justicia insistió durante años con la revinculación. El niño, contó, "venía muy mal" cada vez que regresaba de esos encuentros, con lesiones que la familia denunciaba una y otra vez. Recordó que, tras un fin de semana de visita por su cumpleaños, el regreso del pequeño al juzgado fue devastador: lo describió como "una persona en shock total", a los gritos.</p><p>Con el tiempo, señaló, logró que los encuentros se hicieran dentro del juzgado y no en domicilios particulares. Sobre el trasfondo de todas las muertes, la abogada subrayó un patrón: "los temas de todos sus hijos siempre fueron los mismos", en referencia a los cuadros respiratorios.</p><p>Hooft precisó que la sentencia que otorgó la adopción de Lucas es de mayo de 2014, y que un informe del equipo técnico de marzo de ese año ya había concluido que la mujer "no estaba apta" para la maternidad y que "no tenía registro de sus impulsos".</p>Un testimonio considerado clave<p>La abogada anticipó que la declaración de Lucas puede ser determinante. "Esto debería pegar un giro radical", afirmó, al remarcar que se trata de una persona que "padeció lo mismo" y cuya voz "excede cualquier papel, cualquier informe".</p><p>Días atrás, el propio Lucas había roto el silencio ante la prensa. "Ella mató a mis tres hermanas", dijo el joven, quien reclamó que su madre biológica quede "presa o internada en un psiquiátrico". También cuestionó los años de revinculaciones impulsadas por la Justicia.</p><p>En declaraciones a otros medios, Hooft recordó además que durante las actuaciones iniciadas en Mar del Plata se incorporó un diagnóstico de síndrome de Munchausen vinculado a la mujer. La audiencia testimonial está prevista para este miércoles 29 de julio.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/5sXocbXKVQoPGAER_HMKF5mzcyQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/media/2026/07/lucia_sosa_acusada_de_la_muerte_de_su_hija_de_dos_anos_en_villa_gesell.webp" class="type:primaryImage" /></figure>En "Tarde para Armar" con Maricel Lopez, Dra. Erica Hooft, abogada del adolescente hijo de Lucía Sosa, acusada de la muerte de su hija de dos años en Villa Gesell, brindó detalles recientes del caso.]]>
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                                <updated>2026-07-28T15:01:22+00:00</updated>
                <published>2026-07-28T14:59:21+00:00</published>
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            Justicia Clara: la Procuración General lanzó una sección para acercar la Justicia a los vecinos
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/te2eV4pf-Urnmkn7oW1dH5MgWz0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/media/2026/07/justicia_clara.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Procuración General de la Suprema Corte de Justicia bonaerense puso en marcha "Justicia Clara", una nueva sección de comunicación institucional pensada para responder a una necesidad concreta de la ciudadanía: entender, de manera rápida y accesible, cómo actuar frente a situaciones cotidianas vinculadas con la Justicia, conocer los derechos que asisten a las personas y despejar dudas sobre expresiones o conceptos jurídicos que suelen generar confusión.</p><p>Con un tono cercano y un lenguaje sencillo, la iniciativa ofrece respuestas prácticas a las consultas más habituales. La premisa central, según explicaron desde el organismo, es hacer fácil y accesible un lenguaje que muchas veces resulta difícil de comprender. De este modo, la propuesta apunta a fortalecer el acceso a la Justicia, reducir las barreras del lenguaje jurídico y acercar información útil a toda la comunidad.</p><p>¿Qué hacer ante un problema? ¿Dónde realizar una consulta? ¿Cómo trabajan las distintas áreas del Ministerio Público? ¿Qué derechos tienen las personas en determinadas situaciones? Esas son algunas de las preguntas que la sección propone responder, con el objetivo de derribar mitos, aclarar conceptos y difundir las herramientas y servicios disponibles.</p><p>Los contenidos, pensados para la consulta permanente, se organizan en distintos formatos. "¿Qué hago si…?" ofrece respuestas prácticas para orientar frente a problemas concretos; "Mito o Verdad" busca desmentir información falsa y aclarar dudas frecuentes; "Diferencias" explica de manera sencilla conceptos jurídicos que suelen confundirse; y "¿Sabías que…?" difunde información sobre derechos, servicios y proyectos impulsados por el Ministerio Público.</p>        Ver esta publicación en Instagram            <p>Una publicación compartida por Ministerio Público de la provincia de Buenos Aires (@mpbaoficial)</p>
<p>"El acceso a la Justicia comienza por el acceso a la información. A través de este espacio buscamos que cualquier persona pueda comprender, en un lenguaje sencillo, cuáles son sus derechos, cómo actuar frente a distintas situaciones y qué herramientas pone a su disposición el Ministerio Público. Una Justicia que se entiende es más cercana, más transparente y más accesible para toda la comunidad", destacó el Procurador General, Julio Conte-Grand.</p>        Ver esta publicación en Instagram            <p>Una publicación compartida por Ministerio Público de la provincia de Buenos Aires (@mpbaoficial)</p>
<p>Y concluyó: "Acercar información confiable, derribar mitos y facilitar la comprensión del sistema judicial son pasos fundamentales para promover el ejercicio efectivo de los derechos y consolidar la confianza en las instituciones".</p><p>Los contenidos de Justicia Clara pueden consultarse en la cuenta oficial de Instagram del Ministerio Público, @mpbaoficial.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/te2eV4pf-Urnmkn7oW1dH5MgWz0=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/media/2026/07/justicia_clara.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Con lenguaje simple y respuestas prácticas a las dudas más frecuentes, la nueva propuesta del Ministerio Público de la provincia de Buenos Aires busca derribar mitos, combatir la desinformación y facilitar el acceso a los derechos.]]>
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                                <updated>2026-07-17T19:25:07+00:00</updated>
                <published>2026-07-17T19:24:20+00:00</published>
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            Condenaron al exoficial de operaciones navales en la causa por el hundimiento del submarino ARA San Juan
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/X-Cfzzmdcxym0ovqpFULC0pfjKw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/media/2026/07/ara_san_juan.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Tribunal Oral Federal de Santa Cruz dictó este miércoles el veredicto en el juicio por el hundimiento del submarino ARA San Juan, que en noviembre de 2017 se cobró la vida de sus 44 tripulantes. Hubo una sola condena, de ejecución condicional, y tres absoluciones. Desde Mar del Plata, Zulma Sandoval, mamá del suboficial segundo Celso Oscar Vallejos, habló con LU9 Radio Mar del Plata y no ocultó su indignación: "recibí el fallo con un cachetazo, como el primer día".</p><p>Tras más de 30 audiencias, el tribunal condenó a tres años de prisión de ejecución condicional al excapitán de navío Claudio Villamide, entonces comandante de la Fuerza de Submarinos, por los delitos de estrago culposo agravado por la muerte de los tripulantes e incumplimiento de los deberes de funcionario público. En el mismo fallo, los jueces absolvieron por unanimidad al contralmirante Luis López Mazzeo, al capitán de navío Héctor Alonso y al capitán de fragata Hugo Correa.</p><p>Para Sandoval, el resultado dejó una sensación de impunidad: "es una vergüenza la justicia argentina, deja mucho que desear. Esperemos que en algún momento haya un cambio y los que somos damnificados podamos tener una justicia como corresponde", expresó.</p>"No se puede juzgar a una sola persona"<p>La mamá del submarinista cuestionó el alcance acotado del proceso, que dejó fuera del banquillo a las autoridades políticas de las distintas etapas. "Acá no se puede juzgar a una sola persona cuando seguro que hay un montón de gente. Dejaron afuera a los políticos, al ministro de Defensa. Tenían que haber profundizado un poco más", sostuvo, y remarcó que las irregularidades venían "desde que se hizo la media vida" del submarino.</p><p>En ese sentido, apuntó contra la falta de voluntad para investigar más arriba: "hay gente que no se quiere meter con los políticos", opinó, y agregó que en el juicio "mintieron todo el tiempo", presentando al ARA San Juan "como si fuera un submarino que salió cero kilómetro de la fábrica".</p><p>También reclamó que se valoraran los testimonios de los allegados a las víctimas: "tendrían que haber tomado en cuenta la declaración de las familias, porque muchas fueron a declarar y siguen sosteniendo lo mismo desde el primer momento".</p>Dolor y emociones encontradas<p>Sandoval siguió el veredicto a la distancia, representada por sus abogadas querellantes, las doctoras Carreras y Arias. "Hubiera querido estar ahí cerca, pero es muy difícil estar lejos", reconoció.</p><p>La mujer describió con crudeza el impacto del fallo: "hoy estoy como en una nebulosa. Tengo una angustia, un dolor, un montón de emociones encontradas. A mí me arrebataron a mi hijo, no es que se fue por su cuenta: no lo cuidaron. Es un dolor insuperable y ni siquiera hay un preso", afirmó.</p><p>Y fue más allá en su cuestionamiento al sistema judicial: "la justicia falla porque siempre está a favor del delincuente. Son 44 los que desaparecieron y nunca les dieron una ayuda. Que solamente un solo señor esté imputado es una tomada de pelo".</p>Las familias esperaban condenas para los cuatro imputados<p>Según relató, la expectativa de las querellas era otra: "nosotros creíamos que iban a condenar a los cuatro imputados, porque quedó probado que el submarino no estaba en condiciones de navegar", aseguró. También denunció trabas en la investigación: "no quisieron hacer una pericia del submarino, por más que esté en el fondo del mar. No sé por qué no quieren que se haga".</p><p>Consultada sobre el hecho de que la causa no se tramitara en Mar del Plata, ciudad desde donde zarpó el submarino, la mujer consideró que la sede era indistinta: "acá o en Buenos Aires hubiera sido lo mismo, porque lo que falla es la justicia".</p>Habrá apelación<p>De cara a los próximos pasos judiciales, Sandoval anticipó que la lucha continúa: "yo creo que sí va a haber apelación. Ahora es tratar de acomodarnos de nuevo y hablar con las abogadas, que nos acompañaron desde el primer momento y siguen batallando", señaló. En la misma línea, las letradas Carreras y Arias adelantaron que recurrirán la sentencia una vez que se conozcan los fundamentos, previstos para el 21 de agosto de 2026, tanto respecto de las absoluciones como de la magnitud de la pena.</p><p>Antes de despedirse, la mamá de Celso Vallejos dejó un pedido a la audiencia: "espero que nos sigan acompañando y que de vez en cuando se acuerden de nuestros 44, que los mandaron directamente a la muerte".</p><p>El debate oral había comenzado el 3 de marzo en Río Gallegos y contó con la declaración de cerca de 90 testigos, entre especialistas navales, ingenieros, peritos, submarinistas y exintegrantes de la cúpula de la Armada. Al tratarse de una pena de ejecución condicional, Villamide no cumplirá prisión efectiva.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/X-Cfzzmdcxym0ovqpFULC0pfjKw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/media/2026/07/ara_san_juan.webp" class="type:primaryImage" /></figure>En "Tarde para Armar" con Maricel Lopez, Zulma, mamá de uno de los tripulantes fallecidos por el hundimiento del ARA San Juan, dio detalles del veredicto de la Justicia de Santa Cruz sobre el condenado y los absueltos en la causa.]]>
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                                <updated>2026-07-08T20:01:26+00:00</updated>
                <published>2026-07-08T19:58:04+00:00</published>
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            Confirman los procesamientos de Chiqui Tapia, Pablo Toviggino y la AFA por una causa de evasión fiscal
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/8agOZ5575SrlI7L0-wr-_MhEPkc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/media/2026/06/chiqui_tapia.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico confirmó los procesamientos del presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio "Chiqui" Tapia; del tesorero Pablo Toviggino; y de la propia entidad en una causa por presunta evasión tributaria y retención indebida de aportes.</p><p>Según pudo saber la Agencia Noticias Argentinas, la investigación involucra una presunta maniobra por más de 19.000 millones de pesos y, tras la resolución del tribunal, el expediente quedó a un paso de ser elevado a juicio oral.</p><p>La decisión ratificó los procesamientos dictados en primera instancia y representa un nuevo avance en la causa judicial que investiga presuntas irregularidades fiscales vinculadas a la conducción de la AFA.</p><p>La resolución, firmada por los jueces Roberto Hornos y Carolina Robiglio, deja a ambos dirigentes a un paso del juicio oral.</p><p>La investigación se originó tras una denuncia presentada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que acusó a la AFA de no transferir dentro del plazo legal impuestos retenidos sobre los salarios de sus empleados y aportes correspondientes al sistema de seguridad social.</p><p>Según el juez Diego Amarante, quien dictó los procesamientos en primera instancia, la entidad habría cometido el delito de apropiación indebida de tributos agravado en 34 oportunidades y de recursos de la seguridad social agravado en otras 17.</p><p>La Cámara confirmó el procesamiento de Toviggino, junto con el embargo y la prohibición de salida del país pero en el caso de Tapia y de la AFA, los camaristas no analizaron el fondo de las apelaciones y las declararon desiertas porque la defensa solicitó postergar la audiencia una vez vencido el plazo correspondiente, dejando firmes los procesamientos.</p><p>Tapia permanece en Estados Unidos encabezando la delegación argentina en el Mundial, ya que viajó con autorización judicial, mientras que Toviggino continúa en el país. El fallo no modifica, por ahora, la situación procesal de ninguno de los dos.</p><p>En la misma resolución, la Cámara revocó por prematuros los procesamientos de Cristian Malaspina, Víctor Blanco y Gustavo Lorenzo, y ordenó profundizar la investigación sobre ellos.</p><p>Durante la instrucción, una empleada del área contable de la AFA declaró que las decisiones financieras eran tomadas por Toviggino mediante una “orden verbal”: “De la toma de decisiones financieras y contables se encarga el tesorero, que es Pablo Toviggino”, sostuvo.</p><p>La AFA argumentó que gran parte de la deuda fue cancelada y aseguró que los pagos se realizaron antes del vencimiento de las obligaciones, por lo que consideró que la postura de ARCA contradice la normativa vigente, sin embargo, la Justicia sostiene que el delito se configura desde el momento en que vence el plazo legal para transferir los fondos retenidos.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/8agOZ5575SrlI7L0-wr-_MhEPkc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/media/2026/06/chiqui_tapia.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico ratificó los procesamientos del presidente de la AFA, del tesorero Pablo Toviggino y de la entidad por presunta evasión y retención indebida de aportes.]]>
                </summary>
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                                <updated>2026-06-26T18:18:52+00:00</updated>
                <published>2026-06-26T18:17:43+00:00</published>
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            ¿Qué es el programa &quot;Tribuna Segura&quot;?: columna de la abogada Patricia Kaufmann Payero
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                <![CDATA[Dra. Patricia Kaufmann Payero]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/n3wWRCBTgg1W0OOyrW45UCky56c=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1778612590.png" class="type:primaryImage" /></figure><p>Los deudores de cuota alimentaria que figuran en los registros oficiales no podrán ingresar a los estadios del Mundial 2026. El Gobierno nacional envió a Estados Unidos una nómina de 34.000 personas con restricciones para asistir a eventos deportivos, de las cuales unas 13.000 son deudores alimentarios morosos. La medida fue analizada en LU9 por la doctora Patricia Kaufmann Payero, abogada especialista en derechos humanos, que respaldó el fundamento de la sanción pero advirtió sobre la protección de los datos personales.</p><p>La decisión combina dos sistemas que hasta hace poco corrían por carriles separados: el programa Tribuna Segura, que impide el ingreso a las canchas de personas con antecedentes de violencia, y los registros provinciales de deudores alimentarios. Kaufmann Payero explicó que ambos padrones se unificaron en mayo, de cara al certamen que se disputa en Estados Unidos, México y Canadá. La decisión se enmarca en los acuerdos bilaterales de cooperación entre Argentina y Estados Unidos, a través de un Memorando de Entendimiento en el que también participa el Departamento de Justicia de ambos países.&nbsp;</p>Cómo se unificaron "Tribuna Segura" y el registro de deudores<p>La abogada repasó el origen de cada herramienta. Recordó que Tribuna Segura nació como un programa de la Ciudad de Buenos Aires —donde se concentran la mayoría de los estadios de Primera— y que luego, por una resolución del Ministerio de Seguridad, se convirtió en un programa nacional. Su objetivo, señaló, fue que las personas que habían generado hechos de violencia en las tribunas no volvieran a ingresar, una respuesta a los incidentes que se multiplicaron en el fútbol argentino.</p><p>El funcionamiento es conocido por los hinchas: al entrar a la cancha se escanea el DNI y el sistema verifica si la persona tiene alguna restricción de concurrencia vigente. En paralelo, explicó, la mayoría de las provincias cuenta con registros de deudores alimentarios, cuya inscripción ya acarrea sanciones como la imposibilidad de renovar el registro de conducir o de ingresar a eventos deportivos.</p><p>"¿Qué pasó hace un mes?", planteó Kaufmann Payero: el Estado cruzó esos dos datos —Tribuna Segura y el registro de morosos— y los remitió a las autoridades estadounidenses. Según los datos oficiales, el envío incluye a unas 21.000 personas alcanzadas por restricciones previas dentro del sistema Tribuna Segura y a 13.000 deudores alimentarios morosos. La resolución, firmada por la ministra de Seguridad Alejandra Monteoliva, instruye a poner la información a disposición de la Embajada de Estados Unidos en Argentina.&nbsp;</p>'Primero resolvámoslo en casa': el reparo por los datos personales<p>Aunque consideró que la sanción tiene "una buena base y un buen propósito", la abogada deslizó su principal objeción desde su mirada profesional: el envío de datos personales al exterior. "Ojo con el dato que estamos mandando", advirtió, al cuestionar que se remita a otro Estado un listado con la información personal de 34.000 personas.</p><p>Su planteo fue que el celo demostrado hacia afuera se aplique también puertas adentro. "Primero resolvámoslo en casa, después mandémoslo", sintetizó. Para Kaufmann Payero, el camino es "ejecutar antes las deudas alimentarias" y lograr que el registro tenga menos inscriptos, en lugar de exhibir la nómina en el plano internacional.</p><p>La abogada enmarcó el debate en una discusión que ya abordó en el programa: la protección de los datos personales. De fondo, remarcó la gravedad del problema que origina la medida: el incumplimiento del compromiso de los adultos de garantizar la manutención de sus hijos.</p><p>Vale aclarar que el documento oficial establece que los datos brindados deben utilizarse de manera exclusiva para la seguridad de la Copa del Mundo y prohíbe cualquier uso distinto o ulterior. No es la primera colaboración de este tipo: ya hubo antecedentes en la Copa América 2024 y en el Mundial de Clubes 2025, cuando se cedió un listado de 15.000 personas bajo protocolos de confidencialidad similares.&nbsp;</p>Quiénes integran la lista<p>Kaufmann Payero aportó un dato que considera central: según indicó, el 98% de las personas inscriptas tanto en Tribuna Segura como en los registros de deudores alimentarios son varones. "Algunas mujeres habemos deudoras también", admitió, aunque insistió en que la enorme mayoría son hombres.</p><p>La abogada relativizó, de todos modos, que la cifra refleje la totalidad del problema, porque no todos los deudores están efectivamente inscriptos en los registros. En esa línea recordó un dato que ya trató en LU9: que 8 de cada 10 mujeres no reciben la cuota alimentaria del progenitor que debería abonarla.</p><p>Sobre el alcance concreto de la medida, conviene precisar que figurar en la lista no implica un veto automático de ingreso a Estados Unidos, pero sí a los estadios donde se disputa la Copa del Mundo, y la decisión final sobre cada persona depende de las autoridades migratorias norteamericanas.</p>El descuento de haberes, "la mejor estrategia" para cumplir<p>Consultada sobre los mecanismos de cobro, la abogada destacó el descuento directo de haberes como una de las maneras más prácticas de garantizar el cumplimiento. Contó que, en muchas audiencias, es el propio alimentante quien pide que se libre el oficio a su empleador para que la empresa realice la deducción.</p><p>Despejó además un temor frecuente entre los trabajadores registrados: que el descuento figure en el recibo de sueldo y los perjudique al momento de mostrarlo para un alquiler o un crédito. "No es un embargo", aclaró: está determinado que la deducción impacta en el ingreso pero no perjudica al trabajador para la obtención de otros beneficios.</p><p>El obstáculo, reconoció, aparece con los trabajadores no registrados, donde no hay un empleador que pueda aplicar el descuento. Allí, dijo, hay que modificar la estrategia, aunque sostuvo que la deducción salarial sigue siendo "la mejor para todos", porque evita situaciones engorrosas y deposita el dinero directamente en la cuenta judicial de los chicos.</p><p>Sobre el final, y con una referencia cinematográfica a El secreto de sus ojos, Kaufmann Payero graficó por qué los controles en la puerta de los estadios resultan efectivos: los hinchas pueden cambiar de nombre o de barrio, "pero de lo único que no pueden cambiar es la pasión, y ahí es donde los enganchás en la puerta del estadio".</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/n3wWRCBTgg1W0OOyrW45UCky56c=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1778612590.png" class="type:primaryImage" /></figure>En diálogo con "Pasen y Vean", la columnista Dra. Patricia Kaufmann Payero, abogada especialista en DD.HH., habló sobre la nueva reglamentación del país respecto a los argentinos deudores de cuotas alimentarias, que no podrán entrar a ver los partidos del Mundial 2026.]]>
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                                <updated>2026-06-25T19:42:03+00:00</updated>
                <published>2026-06-25T19:03:52+00:00</published>
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            Del futbolista a la lesión que lo marcó para toda la vida a Javier Pizzo, actual fiscal marplatense
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/kebQO0wO9ZPoELlEfI3ZQFpwBro=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/media/2026/06/javier_pizzo_fiscal_de_delitos_informaticos.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El fiscal de Delitos Informáticos de Mar del Plata, Javier Pizzo, advirtió que los fraudes y las estafas digitales no paran de aumentar y dejó un mensaje central para los vecinos: la mayoría de las maniobras se frena con una sola conducta, no entregar datos personales ni claves de seguridad. "Si telefónicamente o por escrito no brindamos ningún tipo de clave ni de dato, los delincuentes no tienen forma de acceder", resumió en diálogo con LU9 Radio Mar del Plata.</p><p>El funcionario explicó que detrás de cada caso hay organizaciones que trabajan con "ingeniería social": contactan a las víctimas —casi siempre por WhatsApp—, les ofrecen descuentos o beneficios y, de esa manera, obtienen los datos que después usan para suplantar su identidad ante el homebanking, pedir préstamos o vaciar cuentas. "Todos los años vemos un incremento en todo lo vinculado a fraudes informáticos y estafas digitales", señaló.</p><p>Fraude y estafa: dos delitos distintos</p><p>Pizzo aclaró que, aunque suenen parecidos, no son lo mismo. En la estafa, "la persona es quien genera la disposición patrimonial", es decir, transfiere el dinero engañada. En el fraude, en cambio, "no sabe lo que está haciendo, pero está entregando datos", precisó. Esos datos son los que después permiten a los delincuentes hacerse pasar por la víctima frente a los sistemas informáticos y operar a su nombre.</p><p>Cómo operan: WhatsApp, descuentos y hasta validación con el rostro</p><p>El fiscal detalló que las bandas aprovechan que las personas navegan mucho en internet y "no siempre se toman los recaudos debidos". Un clic donde no corresponde, una publicidad o una falsa oferta alcanzan para que llegue el contacto, que suele darse por WhatsApp con promesas de descuentos o beneficios, "especialmente para jubilados".</p><p>En esos casos, alertó, la víctima no solo aporta datos: muchas veces también entrega su imagen. "Les hacen girar el teléfono, mostrar el rostro", describió Pizzo, y explicó que con esa validación de identidad —el mismo paso que se usa para abrir una billetera virtual— más los datos entregados, los delincuentes pueden abrir cuentas en otras entidades y desplegar las maniobras que terminan en un perjuicio económico.</p><p>El rastro del dinero: más de 20 cuentas para despistar a la Justicia</p><p>Pizzo remarcó que el seguimiento del dinero es complejo porque las bandas operan amparadas en el anonimato y desde otras jurisdicciones. Una vez concretada la transferencia, el destino del dinero "puede diversificarse en más de 20 billeteras o cuentas bancarias", lo que vuelve "bastante complejo" rastrear adónde fue a parar.</p><p>A la par del phishing y la ingeniería social —las modalidades más frecuentes en la ciudad—, el fiscal mencionó el uso de malware: un archivo troyano que se instala en el dispositivo, por ejemplo a través de un correo electrónico, y habilita el ingreso de terceros. Aclaró que en Mar del Plata son los casos de menor cantidad y que aparecen, sobre todo, en ataques a computadoras de empresas por sumas importantes.</p><p>Atención a las falsas plataformas de inversión</p><p>El fiscal pidió especial prudencia con las propuestas de inversión que circulan por redes y aplicaciones. Contó que crece la cantidad de denuncias por dinero colocado en plataformas "de dudosa legalidad", a las que la gente accede al navegar o tras ser contactada por WhatsApp o Facebook. En esos esquemas, advirtió, suelen entregar un adelanto de ganancias para que la víctima siga invirtiendo, pero los montos son elevados y "normalmente son estafados". Estos casos, precisó, se canalizan en la Fiscalía N° 10, especializada en estafas.</p><p>Navegar con la misma prudencia que en la vida real</p><p>Para graficar el riesgo, Pizzo recurrió al sentido literal del phishing —"pesca", en inglés—: al abrir un dispositivo y entrar a internet, dijo, "estamos navegando en un mar en el cual hay muchas posibilidades de que nos pesquen", con múltiples ataques simultáneos buscando datos personales.</p><p>La recomendación final apuntó a trasladar al mundo digital los mismos cuidados que se tienen en la vida cotidiana. Así como en lo presencial "cerramos con llave la puerta de casa y ponemos la alarma", planteó, en el entorno cibernético hay que extremar la prudencia: no entregar datos, no completar formularios y no compartir claves, "por más que quien los pida sea alguien conocido".</p><p>El abogado y futbolero detrás del fiscal</p><p>Antes de la toga, Pizzo fue una promesa del fútbol marplatense: jugaba de lateral izquierdo en Alvarado y su rendimiento empezaba a ser seguido por clubes de Primera. Todo se truncó el 14 de agosto de 1994, en un clásico ante Aldosivi disputado en el ya inexistente estadio General San Martín, cuando un planchazo del tandilense Mauro Camoranesi —que años más tarde sería campeón del mundo con Italia— le destrozó la rodilla izquierda. El parte médico fue demoledor: rotura de los ligamentos cruzados, los meniscos, la cápsula, un tendón y varios nervios, con la arteria femoral a punto de ser seccionada. "Es una lesión que produce una luxación, o sea, una rotura total de la rodilla", recordó el propio Pizzo, que tras dos o tres años de fisioterapia y rehabilitación supo que no volvería a jugar de manera profesional: "Tenía todas las posibilidades de avanzar, pero la vida continuaba". Lejos de quedarse en la frustración, canalizó su pasión hacia otras disciplinas —bicicleta, natación— y, sobre todo, hacia el estudio: ese giro lo terminaría llevando al Derecho y, con el tiempo, a la conducción de la Fiscalía de Delitos Informáticos.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/kebQO0wO9ZPoELlEfI3ZQFpwBro=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/media/2026/06/javier_pizzo_fiscal_de_delitos_informaticos.webp" class="type:primaryImage" /></figure>En diálogo con "Pasen y Vean", Javier Pizzo, fiscal de Delitos Informáticos, realizó un balance de lo que va del año en torno a estafas virtuales, pero además, relató su experiencia como exfutbolista en tiempos de Mundial.]]>
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                <published>2026-06-24T19:53:37+00:00</published>
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            ¿Qué es el mobbing y cómo actuar desde el lado de la victima y también de la empresa?
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                <![CDATA[Dra. Patricia Kaufmann Payero]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/n3wWRCBTgg1W0OOyrW45UCky56c=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1778612590.png" class="type:primaryImage" /></figure><p>El mobbing, o acoso laboral, es una forma de violencia psicológica extrema, sistemática y ejercida en el lugar de trabajo, que busca dañar la autoestima de la víctima y, en muchos casos, empujarla a renunciar. Así lo explicó la abogada y columnista Patricia Kaufmann Payero en LU9 Radio Mar del Plata, donde detalló el alcance del fenómeno y sus consecuencias legales.</p><p>La especialista advirtió que esa renuncia muchas veces "no es por voluntad de la víctima, sino por la situación de acoso que está viviendo en su trabajo". Y subrayó que la ley nacional es taxativa: define la violencia laboral como una conducta o una omisión, basada en una relación de poder, que afecta la dignidad, la integridad psicofísica o la seguridad personal de la persona afectada.</p>Qué es el mobbing<p>Kaufmann Payero ubicó el tema dentro de una agenda más amplia sobre violencia. "Es una de las cosas que nos pide la ley", señaló, en referencia a la normativa nacional contra la violencia de género y la violencia en general. El objetivo del acoso, describió, es hostigar, ofender o excluir a un trabajador de forma repetida hasta forzar su salida.</p>No importa el tipo de empresa, sino la tarea<p>Un punto central de su explicación fue que el encuadre no depende del tipo de empresa. "No importa si la empresa es grande o pequeña, si vas a recibir un sueldo o si sos monotributista", planteó la columnista, e incluyó también a quienes trabajan en cooperativas, bajo contratos de colaboración o sin estar sindicalizados.</p><p>Lo determinante, insistió, es el tipo de vínculo y de tareas: lo que importa es si se cumplen o no tareas laborales dentro de ese grupo de personas. En esos casos, agregó, los tribunales recurren al concepto de micromachismo para identificar comportamientos sutiles de discriminación y hostigamiento por motivos de género.</p>Fallos recientes: de un "chiste" a una condena<p>Para ilustrar, la abogada repasó jurisprudencia reciente de Córdoba. En un caso, la Cámara de Familia confirmó una sentencia que declaró víctima de violencia psicológica a una empleada cuyo jefe le repetía que "no le daba la cabeza" y la trataba de "tontita". "Al principio parecía un chiste, pero son situaciones de violencia laboral", remarcó.</p><p>Otro fallo, también cordobés, destacó la obligación de la empresa de no avalar sistemas estructurales de discriminación: la Justicia obligó a la firma a presentar protocolos de valoración del clima laboral y de capacitación sobre violencia de género. Un tercer caso ordenó cambios estructurales y condenó a una empresa a pagar multas por violencia psicológica y sexual.</p><p>Entre las consecuencias posibles, enumeró condenas por daño moral, indemnizaciones por despido indirecto y la obligación empresarial de implementar protocolos de prevención y capacitación.</p>El marco legal: Convenio 190 de la OIT y Ley 26.485<p>La columnista recordó que estas situaciones tienen respaldo normativo. Mencionó el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), al que Argentina adhirió, que fija pautas específicas para eliminar la violencia y el acoso por razones de género en el mundo del trabajo.</p><p>También citó la Ley Integral 26.485, que permite encuadrar las conductas hostiles como violencia psicológica, institucional o laboral contra las mujeres. De todos modos, aclaró que la violencia laboral también puede tener como víctima a un varón, aunque reconoció que resulta "mucho más fácil identificar cuando es por cuestiones de género".</p>Las disculpas: válidas, pero no sustitutivas<p>Consultada sobre si pedir disculpas funciona como atenuante, Kaufmann Payero fue clara: el pedido es válido, pero "nunca va a sustituir ni anular un proceso de investigación o de sanciones dentro del espacio laboral".</p><p>Para que una disculpa sea genuina, explicó, debe ser voluntaria, reconocer el daño y apuntar a reparar el vínculo. No alcanzan las fórmulas impersonales del tipo "lamento si te sentiste mal" o "disculpá si se malinterpretó". En cambio, requiere un reconocimiento específico del hecho: admitir "cometí un error, te maltraté", asumir que esa actitud causó ansiedad o afectó la tranquilidad de la otra persona y comprometerse a no repetirlo. "Esta es la verdadera disculpa", definió, y aclaró que después hay que cumplirla.</p>Qué hacer cuando no hay protocolo<p>La abogada señaló que muchos lugares de trabajo no cuentan con un protocolo ni con un área de Recursos Humanos. En esos casos, propuso que los propios trabajadores organicen una jornada de reflexión y establezcan pautas de actuación frente a la violencia.</p><p>El riesgo de que todo quede en el pedido de disculpas, advirtió, es que el agresor asuma la conducta como permitida y la repita. "Después te vas enterando por radiopasillo", graficó, en alusión a otras víctimas que aparecen más tarde. Por eso los protocolos buscan fijar una categoría de sanciones. Y recordó que la violencia laboral no se limita a un grito o un maltrato verbal: en sus formas más graves puede incluir hostigamiento y acoso sexual.</p>"Mantener un buen clima laboral nos hace bien a todos"<p>En el cierre, Kaufmann Payero llamó a tomar conciencia sobre el modo en que las personas se tratan en los espacios de trabajo, donde se pasan entre 8 y 12 horas diarias. Enmarcó el problema en una sociedad atravesada por distintas formas de violencia —de género, laboral, en las redes— potenciadas por la hiperconectividad. "Mantener un buen clima laboral nos hace bien a todos", concluyó.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/n3wWRCBTgg1W0OOyrW45UCky56c=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1778612590.png" class="type:primaryImage" /></figure>En diálogo con "Pasen y Vean", programa que se transmite de 9.30 a 12 horas por LU9 Mar del Plata, la columnista y Dra. Patricia Kaufmann Payero, abogada especialista en derechos humanos, habló sobre violencia laboral.]]>
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                                <updated>2026-06-11T23:58:49+00:00</updated>
                <published>2026-06-11T23:55:52+00:00</published>
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        <title>
            La justicia marplatense incorporó a su infraestructura las históricas casas &quot;Villa Devoto&quot; y &quot;Villa de Bary&quot;
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        <link rel="alternate" href="https://www.lu9mardelplata.com.ar/nota-la-justicia-marplatense-incorporo-a-su-infraestructura-las-historicas-casas-villa-devoto-y-villa-de-bary-12746" type="text/html" title="La justicia marplatense incorporó a su infraestructura las históricas casas &quot;Villa Devoto&quot; y &quot;Villa de Bary&quot;" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/CeAtJUIgSdutcmD8eDu5ryxuwYk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1687175372villa-bary-2jpg.jpg.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>En diálogo con LU9 Simón Isach Presidente del Colegio de Magistrados dijo que &quot;fue una decisión de la corte, tiene varias aristas. Son dos inmuebles de otra época que están bastante bien. Están ubicadas en la calle Buenos Aires al Nº 2285 y Nº 2247, que serán acondicionadas y adecuadas para funcionar como sede de tribunales, bibliotecas y espacios de capacitación vinculados a la labor judicial.&quot;</p><p>&quot;Desde la Suprema Corte de Justicia y el municipio acordaron suscribir un convenio de trabajo conjunto para desarrollar actividades culturales, de interés general y vinculadas a la historia y la preservación del patrimonio en ambas fincas.&quot;</p><p>&quot;No tendrá afluencia de público, esta oportunidad surge en medio de la búsqueda de espacios que puedan dar respuesta a la necesidad que tiene el servicio de justicia bonaerense en esta ciudad, con espacios acotados y saturados.&quot;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/CeAtJUIgSdutcmD8eDu5ryxuwYk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1687175372villa-bary-2jpg.jpg.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>En diálogo con LU9 Simón Isach Presidente del Colegio de Magistrados dijo que "fue una decisión de la corte, tiene varias aristas. Son dos inmuebles d...]]>
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                                <updated>2023-06-19T00:00:00+00:00</updated>
                <published>2023-06-19T00:00:00+00:00</published>
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        <title>
            Coordinador de Acceso a la Justicia: &quot;En la Provincia hay un 70% de incumplimiento de la cuota alimentaria&quot;
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        <link rel="alternate" href="https://www.lu9mardelplata.com.ar/nota-coordinador-de-acceso-a-la-justicia-en-la-provincia-hay-un-70-de-incumplimiento-de-la-cuota-alimentaria-12527" type="text/html" title="Coordinador de Acceso a la Justicia: &quot;En la Provincia hay un 70% de incumplimiento de la cuota alimentaria&quot;" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/QI-K0c6iDmqwUmfIhA3IN7D-4TI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1684858382image-51.png.png" class="type:primaryImage" /></figure><p>En el marco del segundo operativo territorial se realizó una jornada de asesoramiento en la Defensoría del Pueblo ubicada en Belgrano 2740, sobre el incumplimiento de la cuota alimentaria en la provincia de Buenos Aires, el Doctor Maximiliano Álvarez coordinador del centro de acceso a la justicia de Mar del Plata expresó que &quot;son jornadas especiales, operativos de asesoramiento, acompañamiento y promoción de los procesos en los cuales hay cuota alimentaria incumplida por parte de uno de los progenitores&quot;.</p><p>&quot;Hay un 70% aproximadamente en la provincia de incumplimiento de la cuota alimentaria. Estos operativos vienen por un lado a generar una promoción y una difusión en cuanto a que las mamás en su mayoría puedan acceder a recursos legales, administrativos para el cumplimiento y también para una invitación a aquellos papás que quieran cumplir con sus responsabilidades en un ambiente en el cual se promueva el diálogo entre partes&quot;,</p><p>&quot;Por lo general, en su mayoría son las mamás las que tienen a cargo la crianza, los cuidados de hijos e hijas en la mayoría del tiempo pero no son todos los casos. Hay muchas familias que se rompen y que comparten esa crianza de una manera equitativa, que pueden llegar a acuerdos, que eso sería un universo ideal&quot; concluyó</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/QI-K0c6iDmqwUmfIhA3IN7D-4TI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1684858382image-51.png.png" class="type:primaryImage" /></figure>En el marco del segundo operativo territorial se realizó una jornada de asesoramiento en la Defensoría del Pueblo ubicada en Belgrano 2740, sobre el i...]]>
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                                <updated>2023-05-23T00:00:00+00:00</updated>
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            Sobreseyeron a Cristina Kirchner en la causa del Memorándum con Irán
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YL8WSl1Kbw9X_cXQDw79jq65MHo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/16336879855f2c1bd929ccf_1004x565.jpg.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner fue sobreseída por inexistencia de delito junto a los demás acusados en la causa por la firma del Memorándum con Irán por el atentado a la AMIA, en un fallo unánime del tribunal que preparaba el juicio oral.</p><p>Los jueces María Gabriela López Iñiguez, Daniel Obligado y José Michilini sobreseyeron a la expresidenta y actual Vicepresidenta de la Nación y titular del Senado; al procurador del Tesoro de la Nación, Carlos Zannini; al senador Oscar Parrilli; al viceministro de Justicia, Juan Martín Mena, y al ministro de Desarrollo de la Comunidad bonaerense, Andrés Larroque, entre otros, según un fallo de 387 carillas al que tuvo acceso Télam.</p><p>Los magistrados del Tribunal Oral Federal 8 hicieron extensiva la resolución al fallecido excanciller Héctor Timerman al concluir que &quot;los hechos por los que fueran requeridos no constituyen delito&quot; y dejaron sentado que &quot;el presente proceso no afecta el buen nombre y honor&quot; de quienes estuvieron imputados.</p><p>El Tribunal cerró así por inexistencia de delito la denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman por la firma del Memorándum, una decisión que podrá ser revisada en la sala I de la Cámara Federal de Casación Penal si es apelada por la fiscalía o las querellas de DAIA y Familiares de Víctimas del atentado.</p><p>Por lo pronto, el TOF 8 sobreseyó a todos los imputados y dio por concluidos los preparativos que se realizaban para un juicio oral.</p><p>El listado de sobreseídos incluyó también al actual embajador en Rusia Eduardo Zuain, a la ex Procuradora del Tesoro Angelina Abbona, a los dirigentes sociales Luis D&#39;Elía, y Fernando Esteche, a Jorge Khalil y al exagente Héctor Bogado.</p><p>&quot;El Memorándum de Entendimiento con Irán, más allá de que se lo considere un acierto o desacierto político, no constituyó un delito&quot;, concluyeron los jueces del TOF8 en una sentencia firmada tras escuchar a todas las parte en audiencia pública durante más de un mes.</p><p>Los jueces advirtieron que los integrantes de la Cámara Federal de Casación Mariano Borinsky y Gustavo Hornos estuvieron &quot;afectados&quot; en su imparcialidad &quot;e independencia&quot; por sus visitas al expresidente Mauricio Macri antes de reabrir el caso en 2016.</p><p>Pero, sin embargo, aclararon que los motivos del cierre del caso apuntaron a los planteos &quot;de fondo&quot; vinculados a inexistencia de delito.</p><p>El Tribunal concluyó que las alertas rojas de captura internacional de ciudadanos iraníes por el atentado del 18 de julio de 1994 en la sede de la AMIA &quot;siempre estuvieron vigentes y aún continúan estándolo&quot;.</p><p>Al presentar su denuncia en 2015, Nisman sostuvo que el objetivo de la firma del Memorándum fue hacer caer estos pedidos de captura internacional.</p><p>&quot;El Memorándum de Entendimiento no logró cumplir sus requisitos de validez antes de convertirse en tratado internacional vinculante para las partes, por lo que no ha existido acto jurídico como tal desde el punto de vista del derecho internacional&quot;, agregaron los jueces del TOF.</p><p>Por ello &quot;no hay ningún elemento directo que de manera contundente nos haga pensar que tal temperamento fue más allá de una decisión política para convertirse en un acto de encubrimiento&quot;, enfatizaron.</p><p>Agregaron que &quot;para la eliminación de leyes inconvenientes, las apelaciones no deben dirigirse a los tribunales sino al voto y al proceso democrático de gobierno&quot;.</p><p>&quot;Desde que el Memorándum de Entendimiento entre Argentina e Irán no entró en vigencia y desde que nunca existió entre la República Argentina y la República Islámica de Irán un estado de guerra, es posible deducir que ninguna de las conductas aquí enrostradas son susceptibles de encuadrarse en las figuras de traición&quot;, concluyó el Tribunal sobre el delito de &quot;traición a la Patria&quot; que también se barajó en el caso y quedó descartado.</p>El Tribunal hizo lugar a la excepción de falta de acción que habían planteado las defensas de Larroque, Parrilli y Mena.En la sentencia, además, se levantaron todos los embargos y medidas cautelares que había ordenado el difunto juez del caso, Claudio Bonadio.También se dejó sentado que la causa &quot;no afecta el buen nombre y honor&quot; de los acusados y &quot;por expreso pedido de sus defensas y aún cuando la acción penal se halle extinguida contra él, debe incluir al fallecido Héctor Marcos Timerman&quot;Esta es la segunda causa en la que se libra de culpa a Cristina Fernández de Kirchner. La primera fue la investigación por la venta de dólar futuro en su Gobierno en la que otro tribunal, el TOF 1, también la sobreseyó sin hacer el juicio por inexistencia de delito.]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YL8WSl1Kbw9X_cXQDw79jq65MHo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/16336879855f2c1bd929ccf_1004x565.jpg.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner fue sobreseída por inexistencia de delito junto a los demás acusados en la causa por la firma del Mem...]]>
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                                <updated>2021-10-08T00:00:00+00:00</updated>
                <published>2021-10-08T00:00:00+00:00</published>
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            Horacio Rosatti es el nuevo presidente de la Corte Suprema
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Tz2Zzb6V6SiGP65qrOAYWsu1dgY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1632477499juez-horacio-rosatti-20210907-1227029.jpg.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El ministro de la Corte Suprema de Justicia Horacio Rosatti es el nuevo presidente del alto tribunal, luego de ser propuesto por Juan Carlos Maqueda y apoyado por el actual presidente, Carlos Rosenkrantz, que queda como vicepresidente.</p><p>Fuentes cercanas al alto tribunal relataron que el ministro Juan Carlos Maqueda propuso a Rosatti como presidente y a Rosenkrantz como vice, una fórmula que resultó consagrada por el apoyo de esos tres mismos jueces.</p><p>Ricardo Lorenzetti no participó del encuentro y se excusó ante sus pares con el argumento de que estaba asistiendo &quot;a las reuniones del Unidroit&quot; (por sus siglas en inglés, Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado), donde actúa &quot;en calidad de miembro del Governing Council&quot;.</p><p>Por tal motivo, Elena Higton solicitó una prórroga del acuerdo, que no fue concedida por haberse alcanzado de todos modos la mayoría de tres votos &#45;Maqueda, Rosenkrantz y el propio Rosatti&#45; para elegir el nuevo titular del máximo tribunal.</p><p>&quot;En virtud de que la ausencia de alguno de los ministros no constituye un impedimento legal para la celebración del acuerdo convocado, será celebrado&quot;, respondió Rosenkrantz al pedido de Higton.</p><p>Con el acuerdo de este jueves, Rosatti estará al frente de la Corte desde el 1 de octubre hasta el 30 de septiembre de 2024, secundado por Rosenkrantz como vicepresidente, en reemplazo de Highton (quien ocupaba ese cargo desde la presidencia de Lorenzetti).</p><p>Lorenzetti había dejado trascender su decisión de volver a encabezar la Corte luego de sostener ese cargo durante casi doce años, pero su iniciativa se vio debilitada por la idea de Maqueda de &quot;renovar&quot; la conducción de la Corte y de Rosatti de aspirar a la mayor responsabilidad en el sistema judicial argentino.</p><p>El mandato de Rosatti, exintendente de Santa Fe y exministro de Justicia de Néstor Kirchner, se prolongará por un período de tres años como fija el Reglamento de la Justicia Nacional.</p>La elección del nuevo presidente tuvo una expectativa mayor que la elección de otros presidentes por cierto clima de tensión interna entre los cinco jueces, que de algún modo se confirmó con las ausencias de hoy y por coincidir además con las elecciones legislativas de medio término.En el proceso de búsqueda de consensos para elegir el presidente, se instaló que Rosatti era uno de los favoritos ya que carecía del desgaste de gestión como titular, como es el caso de Lorenzetti y Rosenkrantz, por ser el más joven de los cinco y por contar con cierto perfil político que, según estiman en el Palacio de Tribunales, le da ventaja en un escenario institucional tan politizado como el argentino.El santefesino de 65 años logró resistir la condición de favorito y logró persuadir a Maqueda, que nunca pretendió el cargo, de apoyar un binomio que incluyera a Rosenkrantz, como un modo de obtener su voto.No obstante el lógico juego de poder que se desencadenó con la renovación de la presidencia, desde la Corte se comunicó esta semana que la principal preocupación de los ministros era &quot;intensificar la labor&quot; del alto tribunal para resolver los expedientes.También se ocuparon los supremos de transmitir a través de los medios que elegirían a su &quot;primus inter pares&quot; sin injerencia de la política o los medios: &quot;El próximo presidente necesita tres votos, nada más&quot;, repitieron los voceros formales e informales de la Corte durante los últimos dos meses, una máxima que se confirmó en el acuerdo de este jueves.El movimiento más &quot;político&quot; en el proceso de elección fue la presentación de un proyecto de ley del diputado radical Emiliano Yacobitti para que la presidencia de la Corte quedara en manos del juez más antiguo del cuerpo, quitando así la potestad de los ministros para elegir a la cabeza del tribunal.Ese proyecto, que se suponía alentado por Lorenzetti como uno de los más veteranos luego de Maqueda y Higton, no obtuvo consenso legislativo ni político y por tanto quedó abstracto.]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Tz2Zzb6V6SiGP65qrOAYWsu1dgY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1632477499juez-horacio-rosatti-20210907-1227029.jpg.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El ministro de la Corte Suprema de Justicia Horacio Rosatti es el nuevo presidente del alto tribunal, luego de ser propuesto por Juan Carlos Maqueda y...]]>
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                                <updated>2021-09-24T00:00:00+00:00</updated>
                <published>2021-09-24T00:00:00+00:00</published>
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            Imputaron a Marcos Peña y a Faurie en la causa del contrabando de municiones a Bolivia
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/NDENcVn5L5tCC8qoxaCQ2MqwRRY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/16297997906124bed69645a_1004x564.jpg.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El fiscal del fuero Penal Económico Claudio Navas Rial imputó este lunes a los exfuncionarios del gobierno de Cambiemos Marcos Peña (jefe de Gabinete) y Jorge Faurie (Canciller) en la causa en la que se investiga el supuesto contrabando de material represivo de Argentina a Bolivia, en 2019, cuando se produjo el Golpe de Estado contra Evo Morales, informaron fuentes judiciales.</p><p>El fiscal también imputó al exsecretario de Asuntos Estratégicos, Fulvio Pompeo, al impulsar la ampliación de la denuncia original presentada la semana pasada por funcionarios del gobierno nacional que encontraron elementos que vincularían a los denunciados con las maniobras investigadas.</p><p>&quot;Los elementos arrimados por los denunciantes en esta oportunidad permiten robustecer preliminarmente la hipótesis del caso originalmente trazada, a la vez que justifican dirigir la atención de la pesquisa a la conducta atribuida a los entonces jefe de Gabinete, Marcos Peña; al canciller, Jorge Faurie; y al secretario de Asuntos Estratégicos de la Nación, Fulvio Pompeo; en cuanto a una supuesta participación&quot;, en los hechos; según surge de la imputación fiscal a la que accedió Télam.</p><p>Del dictamen, que Navas Rial le presentó al juez Javier López Biscayar, surge que los imputados habrían participado de la &quot;organización y desarrollo de las condiciones necesarias para el envío de los gendarmes y del material armamentístico al Estado Plurinacional de Bolivia vulnerando el adecuado ejercicio de control del servicio aduanero&quot;.</p><p>En la ampliación de la denuncia, el gobierno nacional consideró probada la participación del expresidente Mauricio Macri en el golpe de Estado cometido contra Evo Morales en Bolivia en 2019.</p><p>Los ministros Martin Soria (Justicia), Sabina Frederic (Seguridad) y la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, habían incluido en la ampliación de la denuncia una serie de documentos y registros oficiales sobre reuniones mantenidas en la Casa Rosada por funcionarios de Cambiemos en los días que se gestionó el traslado ilegal de armamento al país vecino, atravesado por una forzada crisis institucional.</p><p>&quot;Los documentos oficiales encontrados en las últimas semanas dan cuenta de hechos que refuerzan lo oportunamente denunciado: fue Mauricio Macri, el expresidente de la Nación, quien ordenó y organizó en forma directa la maniobra de contrabando&quot;, sostuvieron en aquel escrito al que accedió esta agencia.</p><p>El escrito da cuenta, en alusión a Peña y Pompeo, que &quot;el ministro coordinador y su secretario de confianza, especialista en política internacional, no solo participaron en reuniones que evidencian su rol central en la organización del contrabando, sino que también intervinieron directamente en el trámite mediante el cual se gestionó el traslado de los gendarmes a Bolivia, ocultando la verdadera finalidad de ese viaje&quot;.</p><p>&quot;Lo que hasta hoy eran inferencias prácticamente irrefutables, ahora se confirma con pruebas directas: el contrabando de armas a Bolivia fue decidido y coordinado por Macri, quien utilizó la Casa Rosada para organizar esta maniobra en apoyo al golpe de estado en Bolivia&quot;, agregó la presentación.</p><p>Los denunciantes aseguraron que, con las nuevas pruebas entregadas a la Justicia, &quot;se profundiza el caudal probatorio que pesa sobre Patricia Bullrich, Oscar Aguad y Gerardo Otero&quot;, ya imputados en el expediente, al igual que Macri.</p><p>&quot;No solo no condenó, fue parte&quot;</p><p>El jefe de Gabinete de la Nación, Santiago Cafiero, dijo este lunes por C5N que el Gobierno de Macri &quot;no solo no condenó el golpe de Estado sino que terminó siendo parte del contrabando de municiones a Bolivia, a quienes estaban reprimiendo a los que querían sostener la democracia en el país&quot;. Y pidió &quot;que haya justicia&quot;, porque &quot;hubo un hecho totalmente condenable&quot;.</p><p>Añadió que Fernández, &quot;antes de asumir, ya le estaba tendiendo una mano al pueblo boliviano, a Evo Morales en ese momento&quot; y que el exmandatario le dijo &quot;vos me salvaste la vida&quot;. Cafiero instó a &quot;volver a hermanarnos&quot; con el pueblo boliviano y opinó que &quot;la dirigencia lo sabe&quot;.</p><p>&quot;El actual presidente (Luis) Arce lo sabe, siempre tiene palabras de mucho reconocimiento hacia la tarea de Alberto&quot;, añadió.</p><p>También destacó que &quot;está muy avanzada la investigación en Bolivia y queremos que así contribuya a que se sepa quiénes fueron los responsables&quot;.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/NDENcVn5L5tCC8qoxaCQ2MqwRRY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/16297997906124bed69645a_1004x564.jpg.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El fiscal del fuero Penal Económico Claudio Navas Rial imputó este lunes a los exfuncionarios del gobierno de Cambiemos Marcos Peña (jefe de Gabinete)...]]>
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                                <updated>2021-08-24T00:00:00+00:00</updated>
                <published>2021-08-24T00:00:00+00:00</published>
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            Procesaron a un exfuncionario de AFIP por presiones al Grupo Indalo y citan a Rosenkrantz como testigo
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/X_neXq3_Kkeqtc0nSNZfAlSx6UY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1628601516C5N.jpg.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p class=&quot;MsoNormal&quot;>La jueza María Servini procesó este lunes al
exsubdirector de Recaudación de la AFIP entre
2016 y 2019, Sebastián Paladino, y citó al presidente de la Corte Suprema de
Justicia Carlos Rosenkrantz a declarar como testigo en la causa en la que se
investigan las presiones al Grupo Indalo por parte del gobierno del
expresidente Mauricio Macri, informaron fuentes judiciales.

El presidente del máximo tribunal fue citado a
dar testimonio el 26 de agosto a las 14 y
su convocatoria puede tener relación con llamados telefónicos que intercambió
con el diputado del Parlasur y asesor judicial de Macri, Fabián
&quot;Pepín&quot; Rodríguez Simón, quien se encuentra en &quot;rebeldía&quot;
en este expediente por no haberse presentado a prestar declaración indagatoria,
dijeron los informantes.

En una resolución de 88 páginas, la magistrada
procesó por &quot;abuso de autoridad&quot; y embargó por dos millones de pesos
a Paladino, a quien le atribuyó el haber ordenado que se creara una herramienta
informática con poder de control sobre todos los contribuyentes que formaran
parte del Grupo Indalo, del que participan los empresarios Fabián de Sousa y
Cristóbal López.

&quot;La conducta de Paladino, lejos está de ser
considerada un acto &#39;neutral&#39;, sino que implicó llanamente un abuso de poder,
aprovechándose de las facultades del organismo público, en desmedro de un grupo
de contribuyentes&quot;, sostuvo la jueza Servini.

&quot;Para nada se está reprochando las facultades
que la Administración Federal de Ingresos Públicos tiene para fiscalizar a los
contribuyentes, sino por el contrario, que su accionar esté basado en la
legalidad y no la discrecionalidad y arbitrariedad de sus funcionarios&quot;,
aclaró la magistrada que instruye el expediente en el que interviene como
fiscal Guillermo Marijuán.

En esta causa se investigan &quot;diferentes actos
llevados a cabo por funcionarios públicos desde las altas esferas del Poder
Ejecutivo Nacional o a instancias de aquellos, que mediante hostigamiento y
ahogo financiero para con las empresas del Grupo Indalo, habrían importado
casos de corrupción&quot;, según surge del expediente.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>Las
supuestas presiones y la asfixia financiera sobre el Grupo Indalo tuvieron como
consecuencia &quot;perjuicios económicos al mencionado grupo y al patrimonio
nacional&quot;, según indicó la jueza.

&quot;Esos actos
habrían sido contra los bienes del Grupo Indalo, como así también personales
contra sus accionistas: Cristóbal Manuel López y Carlos Fabián de Sousa, y
habrían tenido inicio en el mes de octubre de 2015 (acentuándose a partir de
marzo de 2016)&quot;, remarcó
la magistrada.

De acuerdo con la investigación judicial, las
presiones comenzaron después de una reunión que el entonces candidato a
presidente Macri tuvo con el empresario López, el 25 de octubre de 2015,
&quot;donde este último se habría negado a poner a disposición de Macri los
medios periodísticos de Indalo en contra del Gobierno que encabezara Cristina
Fernández de Kirchner&quot;.

&quot;Una de las conductas imputadas a Sebastián
Omar Antonio Paladino fue que, en su carácter de Subdirector de Recaudación de
la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), ordenó en una fecha no
precisada exactamente pero que sería entre mediados y fines de marzo de 2016,
la creación de una herramienta informática de consulta que permitía a las áreas
operativas correspondientes de la AFIP conocer en forma simultánea y homogénea
los incumplimientos de pago (líquidos y exigibles según el Sistema de Consultas
Tributarias) y las cuotas impagas provenientes de planes de facilidades de pago
vigentes de las empresas que conformaban el denominado conglomerado económico
&#39;Grupo Indalo&#39;&quot;, sostuvo la jueza.

La inclusión de las empresas o contribuyentes en
una herramienta semejante &quot;no habría obedecido a un criterio objetivo, ni
una especie, característica o circunstancia que hubiere permitido englobarlas
bajo el sistema de consulta descrito, sino que se basó únicamente en su
pertenencia al grupo económico indicado&quot;, señaló.

La creación de la herramienta informática
&quot;habría surgido luego de una reunión que Juan Carlos Cheli &#45; director de
Procesos de Recaudación de AFIP &#45; tuvo con sus superiores y su objetivo era
poner información a disposición de todas las agencias en forma simultánea y al
mismo tiempo para todos&quot;, según detalló la jueza en su fallo de este lunes.

En esta causa ya fue indagado también, entre otros, el
extitular de la AFIP, Alberto Abad, cuya situación procesal aún no fue definida por la jueza
Servini.

La magistrada citó además como testigos al
administrador Gubernamental de Ingresos Públicos, Andrés Ballota; a Dolores
Pujol, integrante del directorio de Lotería de la Ciudad de Buenos Aires; y a
Jorge Sánchez Cordova y su hijo Juan Manuel Sánchez Cordova, accionistas
minoritarios del Banco Finansur.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;> </p><p class=&quot;MsoNormal&quot;> </p><p>







</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;> </p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/X_neXq3_Kkeqtc0nSNZfAlSx6UY=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1628601516C5N.jpg.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>La jueza María Servini procesó este lunes alexsubdirector de Recaudación de la AFIP entre2016 y 2019, Sebastián Paladino, y citó al presidente de la...]]>
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                                <updated>2021-08-10T00:00:00+00:00</updated>
                <published>2021-08-10T00:00:00+00:00</published>
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            Vuelven a rechazar el intento de Macri de frenar la investigación por las armas
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/rn_PyqCZu8BgeRHYbdHa5WEnA0o=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1627566255macri.jpg.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p class=&quot;MsoNormal&quot;>La
Justicia volvió a rechazar un
intento del expresidente Mauricio Macri por
frenar la investigación interna que lleva adelante la Gendarmería y que busca
determinar qué fue lo que ocurrió con los elementos represivos enviados
por el Gobierno de Cambiemos a las fuerzas de seguridad de Bolivia en noviembre de 2019, en los días en los que se
llevó a cabo el golpe de Estado en ese país contra el entonces presidente Evo
Morales.

El magistrado rechazó la apelación presentada por Pablo Lanusse, abogado de Macri, tras considerar que la
resolución atacada &quot;no resulta ser una decisión de las comprendidas entre
las expresamente susceptibles de apelación, además de no causar gravamen
irreparable alguno&quot;.

Macri buscaba frenar
el avance del sumario interno a través del cual el
Ministerio de Seguridad avanza con la recolección de información vinculada al
supuesto contrabando, y que luego será puesto a disposición de la Justicia para
que evalúe su importancia y decida de qué forma lo incorpora.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>De
esa investigación interna surgieron los primeros elementos de trascendencia,
como las declaraciones de algunos integrantes del comando Alacrán que
viajaron a Bolivia y que aseguraron que la municiones antitumulto enviadas a ese país no
se utilizaron para proteger la Embajada argentina, ni se consumieron en
ejercicios de práctica, lo que echó por tierra las primeras excusas deslizadas
por los acusados en declaraciones mediáticas.

En ese contexto, el ministro de Justicia, Martín Soria, aseguró este miércoles que &quot;todos los días avanza un poquito más&quot; la causa judicial en la que
se investiga el presunto contrabando de armamento a Bolivia por parte del
Gobierno de Macri.

Al hablar por Radio 10, Soria también fue
consultado sobre la prórroga de las autorizaciones del material bélico enviado
a Bolivia durante la gestión de Alberto Fernández.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>&quot;Si
la única defensa que tienen son las notas que muestran cómo intentaron encubrir
más tarde el envío de armas, deberían buscarse un abogado, porque sin dudas
están hasta las manos&quot;, respondió.

Soria insistió en que los involucrados en esta
denuncia de contrabando &quot;están complicados&quot; y, al referirse a Macri, señaló que
&quot;hizo la gran &#39;Pepín&#39; Simón y se quedó del otro lado del charco&quot;, al
aludir al exasesor presidencial Fabián Rodríguez Simón, quien busca ser
refugiado político en Uruguay mientras es reclamado por la Justicia argentina.

&quot;Saben que es grave lo que hicieron. De Macri no podíamos esperar otra
cosa, porque ya
contrabandeaba autopartes a Uruguay en 2001. Ahora, también hubo intervención
de Defensa con (Oscar) Aguad, de Gendarmería y Seguridad con (Patricia)
Bullrich y también el excanciller (Jorge) Faurie está complicado&quot;, acotó.

En la misma línea que Soria, el viceministro de
Justicia, Juan Martín Mena, aseguró que &quot;documentalmente está
probado&quot; el contrabando de armas a Bolivia y
sostuvo que es &quot;increíble&quot; que el expresidente y Bullrich no
&quot;hayan podido ensayar una respuesta&quot; luego de que pasaran 20 días de
haber sido denunciados.

&quot;Creo que Macri y Bullrich están complicados para
defenderse. Tienen que decir quién fue el que tomó la decisión de contrabandear
armas. Documentalmente, el hecho está probado. Sólo falta saber quiénes fueron
todos los responsables&quot;, afirmó este miércoles Mena en diálogo con El
Destape Radio.

Y en ese sentido agregó que &quot;nadie puede
creer&quot; que esa decisión fuese tomada &quot;por un grupito de
gendarmes&quot; porque hay pruebas que involucran a Bullrich y Aguad con esa
decisión.

Además de Macri, Bullrich y Aguad, en la causa
están imputados el exembajador en Bolivia Normando Álvarez García; el
exdirector general de la Gendarmería Gerardo Otero y los entonces directores de
Logística y Operaciones de esa fuerza, Rubén Carlos Yavorski y Carlos Miguel
Recalde, respectivamente.

El Gobierno nacional denunció el 12 de julio a
Macri y a una decena de funcionarios de su Gobierno por el envío de
&quot;material represivo&quot; a Bolivia en noviembre de 2019, después de que
la actual administración de ese país, a cargo de Luis Arce, acusara a la
gestión de Cambiemos de haber tenido &quot;participación&quot; en el golpe de Estado
que permitió instalar a Jeanine Añez en el poder.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;> </p><p>







</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;> </p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/rn_PyqCZu8BgeRHYbdHa5WEnA0o=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1627566255macri.jpg.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>LaJusticia volvió a rechazar unintento del expresidente Mauricio Macri porfrenar la investigación interna que lleva adelante la Gendarmería y que b...]]>
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                                <updated>2021-07-29T00:00:00+00:00</updated>
                <published>2021-07-29T00:00:00+00:00</published>
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            Condenaron a Pato Cabrera a dos años de prisión efectiva por violencia de género
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ryB2RDvR2-xlDO0rOaC92pSwej8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1625747600CABRERA.jpg.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p class=&quot;MsoNormal&quot;>El
golfista Ángel &quot;Pato&quot; Cabrera fue condenado este miércoles a dos años
de prisión efectiva al ser encontrado responsable de cometer &quot;lesiones agravadas y hurto simple&quot;
contra su expareja, Cecilia Torres Mana.

De esta manera, se cumplió el pedido que hizo la
fiscal Laura Batistelli, quien en su alegato además había remarcado la
importancia de que la prisión sea &quot;efectiva&quot;.

La explicación de la fiscal se fundamentó en que
considera que Cabrera debe cumplir &quot;intramuros&quot; los tratamientos que &quot;nunca
cumplió&quot; cuando estuvo en libertad para procurar su rehabilitación.

Antes de conocerse el veredicto, además, el fiscal
del 3&#176; Turno de Violencia Familiar y de Género, Cristian Griffi, había dictado
la prisión preventiva a Cabrera por otra causa, también con la denunciante
Torres Mana, en la que se lo acusa de amenazas y desobediencia a la autoridad.

En el inicio del juicio, la semana pasada, cuando
tuvo la palabra Cabrera negó ser violento, aunque en esa oportunidad admitió
que la insultó (a Torres Mana) y tiró su celular, pero jamás contra su cuerpo.

Tras conocerse la sentencia, la fiscal Batistelli,
afirmó a los medios que el tribunal &quot;cumplió el pedido de la fiscalía, con
dos años de prisión en forma efectiva. Y lo más importante, que acogió en la calificación legal
la cuestión de género.
Ese es el gran paso que dio el Ministerio Público Fiscal (MPF)&quot;.

&quot;Todo eso que se veía respecto a la cuestión
de género, se visualiza ahora en la sentencia, y la sentencia marca la realidad
de los dos hechos&quot;, puntualizó la funcionaria judicial, a la vez que
elogió la instrucción de la causa desarrollada por su colega Griffi.

Por su parte, el abogado defensor de Cabrera,
Carlos Hairabedian, sostuvo: &quot;Estoy en desacuerdo con que sea efectiva la
sanción. Nosotros vamos a recurrir hasta
la Corte Suprema de Justicia, porque los hechos por los que fue condenado se
encuentran prescript&#45;externoos (son de 2016 y 2018).

&quot;De todas maneras, los que estaban en la
acusación pensaban que iba a caer una sanción mucho más alta, y se han
equivocado, Por otra parte, dentro de dos meses Cabrera cumple los ocho meses
de encierro, lo que le permite recuperar la libertad condicional&quot;, sostuvo
el defensor del golfista.

Ambas denuncias fueron realizadas por Torres Mana,
y en la primera audiencia del juicio Hairabedian había solicitado la
unificación de las causas, pero la fiscal Batistelli no accedió.

Cabrera, ganador del US Open 2007 y del
Masters de Augusta en 2009, el 20 de julio del año pasado viajó sin autorización
judicial desde su domicilio en la localidad cordobesa de Villa Allende hacia
los Estados Unidos para participar de un torneo de golf.

La Justicia advirtió la ausencia dos semanas
después, a poco de establecer la fecha para el juicio y a escasos días de
nuevas denuncias presentadas por su expareja, lo que motivó que se pidiera su captura internacional, que se pudo concretar el 14 de enero en Río de
Janeiro (Brasil).

El pasado 12 de junio Cabrera llegó extraditado a
Córdoba, se le dictó la prisión preventiva y fue alojado en calidad de detenido
en el penal de Bouwer.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;> </p><p>



</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;> </p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/ryB2RDvR2-xlDO0rOaC92pSwej8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1625747600CABRERA.jpg.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Elgolfista Ángel "Pato" Cabrera fue condenado este miércoles a dos añosde prisión efectiva al ser encontrado responsable de cometer "lesiones agrava...]]>
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                                <updated>2021-07-08T00:00:00+00:00</updated>
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            El Consejo Local de Niñez dice no a la baja de edad de punibilidad 
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/VgBlJKBDr-QqjGV55ky3d_InkvM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1625238068GY2DCYJRGVTGIYRSMU4TSZBTGA.jpg.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Desde el Consejo Local de Niñez de Gral. Pueyrredón &#45;por  decisión unánime de sus miembros en la asamblea ordinaria de junio, tomando la iniciativa que presentó el Colegio de Trabajadorxs Sociales&#45;, manifestó su nuestra preocupación por los reiterados pronunciamientos del Ministro de Seguridad de la Prov. de Buenos Aires, Sergio Berni, en cuanto propone bajar la edad de punibilidad en  el  marco  de la necesaria reforma a la Ley  Penal Juvenil, sancionada por la última dictadura cívico&#45;militar.  </p><p>&quot;Consideramos que viola un derecho constitucional que es el de la no regresividad y en segundo término no aborda las situaciones y las complejidades de la materia en todos sus aspectos. Lo reduce a lo punitivista y no piensa en complejizar la trama de acompañar a los jóvenes en la restitución de derechos a partir del abordaje en los tres estamentos del Estado, nacional, provincial y municipal&quot;, expresó Esteban Alzueta, integrante de la Comisión contra la violencia institucional del Consejo Local de Promoción y Protección de los Derechos de les Niñes y Adolescentes del Partido de General Pueyrredón.</p><p>&quot;Es imprescindible una discusión amplia y seria, donde se conozcan las diversas propuestas que den respuestas humanizadas a este problema social. Y dicha reforma debe sobre todo garantizar el acceso a los derechos a la  alimentación, la vivienda digna, la educación,  la  salud, la cultura, ponderando la vida en comunidad, donde la solidaridad y la otredad guíen nuestras acciones&quot;, añadieron.</p><p>                                                                             </p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/VgBlJKBDr-QqjGV55ky3d_InkvM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1625238068GY2DCYJRGVTGIYRSMU4TSZBTGA.jpg.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Desde el Consejo Local de Niñez de Gral. Pueyrredón -por  decisión unánime de sus miembros en la asamblea ordinaria de junio, tomando la iniciativa qu...]]>
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