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    <title>LU9 Mar del Plata</title>
    <subtitle>Entrevistas exclusivas para informarse minuto a minuto de lo que acontece en Mar del Plata.</subtitle>
    <updated>2026-07-27T12:42:16+00:00</updated>
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            Presentaron un proyecto para reducir las multas impositivas
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/OVhWrVzL918PegtycT1qCri8FPs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1764684387.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Una persona humana que no presenta una declaración jurada a término —aunque no tenga impuesto para pagar— hoy afronta una multa de $220.000; una sociedad, de $440.000. Los valores, que se multiplicaron por más de mil con la Ley de Inocencia Fiscal, encendieron la alarma entre comercios y pymes. La contadora Miriam Roldán, vicepresidenta 2° del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, explicó en LU9 por qué el esquema preocupa y anticipó el proyecto que elaboró para graduar esas sanciones.</p><p>El planteo es directo: que las multas existan, pero que guarden relación con la capacidad de cada contribuyente y que haya plazos para regularizar sin quedar atrapado en cifras millonarias. Ese reclamo tomó forma de proyecto y ya fue recibido por el ministro de Economía, Luis Caputo, aunque por ahora sin respuesta oficial favorable.</p><p>&nbsp;</p>Las mismas multas para el almacén de la esquina y para una multinacional<p>Roldán aclaró de entrada que habla desde la realidad del sector y que la preocupación excede al ámbito profesional. "El que se afecta es el bolsillo de las empresas", planteó, y sintetizó el alcance del problema: "Te hablo del almacén y una multinacional, todas".</p><p>La contadora recordó que la ley de procedimiento tributario siempre previó sanciones por incumplir deberes formales y que eso, en sí mismo, "es algo lógico", porque —dijo— "hay que tratar de incentivar el cumplimiento y sancionar a quien no lo hace". El giro se dio, según explicó, cuando "recientemente se actualizaron las multas".</p><p>Con los nuevos valores, detalló, la sanción por no presentar en término una declaración jurada quedó en $220.000 para una persona humana y en $440.000 para una sociedad. Y remarcó el punto que más inquieta: "No importa si daba impuesto o no", ni cuál fue el motivo del atraso.</p><p>&nbsp;</p>Decenas de declaraciones al año: cómo se multiplica el riesgo<p>Roldán puso el foco en la acumulación. Según su relato, una persona humana sin empleados —"el almacén de la esquina"— debe presentar unas 38 declaraciones al año; con un empleado, ese número trepa a 63, y puede llegar a 89 en un comercio que importa algún producto.</p><p>A eso se suma que, si el fisco intima a presentar una declaración y el contribuyente no llega, "ya tenés otra multa", que en el caso de un requerimiento de información no contestado puede alcanzar los $2.500.000. También advirtió sobre las sanciones vinculadas al domicilio fiscal desactualizado —un descuido frecuente, señaló, cuando alguien se mudó y no informó el cambio—, que en su tope legal pueden llegar hasta $35.000.000.</p><p>"Se va potenciando el riesgo", resumió, al describir cómo se encadenan las obligaciones formales durante todo el año.</p><p>&nbsp;</p>El proyecto: escalas según la capacidad y plazos para regularizar<p>La propuesta que Roldán elaboró apunta a dos ejes. El primero: "atenuación de acuerdo a la capacidad contributiva", con un trato diferenciado para una micro o pequeña empresa respecto de una gran compañía. "No es lo mismo el almacén de una esquina o un médico que atiende a domicilio, que una clínica o una empresa multinacional", graficó.</p><p>El segundo eje es el tiempo. La iniciativa contempla que, si el contribuyente subsana el incumplimiento dentro de un plazo determinado —que varía según el tipo de entidad—, la multa se condone. "Si yo ya cumplí, perdóname la multa", planteó, al describir el criterio. Hoy, en cambio, presentar una declaración apenas horas después del vencimiento igual obliga a pagar la sanción.</p><p>De acuerdo con lo que trascendió en la prensa nacional, el texto presentado al equipo económico propone reducir las multas entre un 80% y un 20% según el segmento del contribuyente y establece un "plazo de gracia" de hasta 90 días corridos para microempresas y personas humanas, con condonación total si la situación se regulariza dentro de los 15 días hábiles de notificada. También prevé una cláusula de exclusión para quienes reincidan más de seis veces en el mismo año.</p><p>&nbsp;</p>Una carga administrativa que recae sobre el más chico<p>Para Roldán, el impacto no se limita a las empresas: alcanza también a los trabajadores en relación de dependencia, que deben cumplir con presentaciones como el F. 572 web. "Afecta a todos", sostuvo.</p><p>La contadora subrayó, además, el peso administrativo del nuevo esquema. Antes, ejemplificó, una declaración de sueldos se resolvía informando la masa salarial; ahora hay que transcribir el recibo de cada empleado, y en ventas se pasó de declarar un total a detallar cada ticket o factura. "Es una extensa y pesada carga administrativa", que muchas veces el comerciante ni siquiera advierte porque la maneja su asesor.</p><p>En ese contexto, remarcó que quien tiene estructura cumple con más facilidad, mientras que "el chiquito va pagando lo que puede" y, a veces, "no llega a presentar" por falta de tiempo o de organización.</p><p>&nbsp;</p>El pedido llegó al ministro, pero sin respuesta<p>Roldán aclaró que la presentación es una iniciativa profesional propia, ajena a una posición institucional del Consejo, y que nace de la realidad que atraviesan las pymes. "Estamos hablando un poco por todos aquellos clientes que asesoramos y tratamos de cuidar", explicó.</p><p>Contó que el planteo ya fue expuesto ante el ministro de Economía —"lo hemos llevado y se lo he expuesto"— y sostuvo que, en su momento, hubo funcionarios que hicieron referencia a que lo tendrían en cuenta. Por ahora, no hubo definiciones oficiales.</p><p>La contadora valoró especialmente la difusión del reclamo para que no quede en el olvido: "El árbol no te permite ver el bosque", graficó, al pedir que el tema no se pierda "en el camino".</p><p>&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/OVhWrVzL918PegtycT1qCri8FPs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1764684387.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>En diálogo con "Ecos de Mañana", programa que se transmite de 7.30 a 9.30 horas por LU9 Mar del Plata, Miriam Roldan, contadora pública, dio detalles del proyecto que presentó sobre atenuación de multas destinado a PYMES.]]>
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                                <updated>2026-07-27T12:42:16+00:00</updated>
                <published>2026-07-27T12:30:13+00:00</published>
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        <title>
            Vence el plazo para presentar DDJJ y realizar pagos de Ganancias y Bienes Personales
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/OfUi7ZBQ4_AvZfIazEjx9DCV4sA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1628600539declaracion.jpg.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p class=&quot;MsoNormal&quot;>Los
vencimientos del plazo para presentar las declaraciones juradas e ingresar los
saldos de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular
correspondientes al período fiscal 2020 comenzarán a producirse desde este
martes y hasta el viernes, según el dígito final de CUIT, informó este lunes la
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

La última resolución general del organismo al
respecto, la 5019/2021, determinó a fines de junio una extensión de las fechas,
del mismo modo que lo hizo con el primer anticipo de Ganancias y Bienes
Personales del período fiscal 2021, que van del 24 al 26 de agosto.

De esta forma, a partir de este martes y hasta el viernes
comenzarán a vencer los plazos para la presentación de declaraciones juradas y
para la realización de los pagos correspondientes a Bienes Personales correspondientes al período
fiscal 2020, con el siguiente esquema:

&#45;Con terminación de CUIT 0, 1, 2 y 3, la
presentación deberá hacerse el 10 de agosto próximo, y el pago, el 11 del mismo
mes.

&#45;En el caso de CUIT finalizadas en 4, 5 y 6, la
presentación es el 11 de agosto y el pago, el 12; y para terminadas en 7, 8 y
9, las fechas son el 12 y el 13, respectivamente.

En tanto, para el pago del primer anticipo de
Ganancias y Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2021, las
nuevas fechas de pago son CUIT terminadas en 0, 1, 2 y 3, el 24 de agosto; para
4, 5 y 6, el 25 de agosto; y para 7, 8 y 9, el 26 de este mes también.

Luego, habrá tiempo hasta el 31 de agosto para la
presentación de las declaraciones juradas informativas del impuesto a las
Ganancias y Bienes Personales, según lo dispuesto en la Resolución General 5008/2021.

Desde el organismo indicaron que &quot;se observa un
elevado nivel de cumplimiento&quot;. Los registros de la AFIP evidencian que ya los
contribuyentes ya realizaron más del 50% de las presentaciones.

Los vencimientos de
las declaraciones juradas y pago fueron prorrogados en dos ocasiones con
el objetivo de facilitar el cumplimiento y otorgar más tiempo a contribuyentes
y profesionales para que puedan cumplir con sus obligaciones.

Del mismo modo en que lo había hecho el viernes
último el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Capital Federal, hoy
el Círculo de Profesionales en Ciencia Económicas Lista Azul (CPCE) solicitó la
prórroga para la presentación y pago del impuesto a las Ganancias y Bienes
Personales unificándolas al próximo 31 de agosto.

En una carta firmada por Sonia Becherman y Susana
Giménez, presidenta y secretaria del CPCE respectivamente, se argumentó que
&quot;los profesionales se encuentran atravesando severas restricciones para operar
en dicha plataforma, debido entre otros factores, a la imposibilidad de acceso,
cortes de conexión, funcionamiento intermitente y diversas dificultades para obtener
los datos de los servicios en los diferentes aplicativos de la web&quot;.

&quot;Necesitamos más días hábiles para la presentación
de las DDJJ, ya que venimos lidiando con muchos inconvenientes en la página Web
de AFIP que retrasan nuestra labor. Es inconcebible que tengamos que trabajar
fines de semana o durante la madrugada para llegar con los vencimientos debido
a la inoperancia de los sistemas&quot;, habían señalado el viernes en su planteo
desde la sede porteña del Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;> </p><p>



</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;> </p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/OfUi7ZBQ4_AvZfIazEjx9DCV4sA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1628600539declaracion.jpg.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Losvencimientos del plazo para presentar las declaraciones juradas e ingresar lossaldos de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedula...]]>
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                                <updated>2021-08-10T00:00:00+00:00</updated>
                <published>2021-08-10T00:00:00+00:00</published>
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            El Municipio implementa régimen de regularización fiscal para todos los contribuyentes 
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/LFcOYmIEdPtertCPr4a6wj-LXfk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1622541907descarga.jpg.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El regimen es para quienes tengan deudas en tasas, derechos, contribuciones, acciones y multas como así también de deudas devengadas en concepto de Impuesto a los Automotores Descentralizados, en los vencimientos registrados entre el 1ro de enero de 2020 y el 31 de mayo de este año. </p><p>Para quienes elijan la modalidad de pago de contado, la bonificación será del 90% en los intereses devengados y por lo tanto, no deberán abonar intereses de financiación.</p><p>Otra opción es pagar en hasta 12 cuotas y para quienes opten por esta modalidad, se les bonificará un 70% de los intereses devengados y tendrán un interés del 1% mensual por la financiación.</p><p>Para quienes elijan pagar hasta en 24 cuotas, la bonificación de los intereses será del 50% y se sumará un interés del 1,5% mensual por la financiación. </p><p>Régimen especial para sectores más críticos</p><p>Este régimen contempla además, un beneficio especial para aquellos sectores considerados críticos, con la condición de que hayan mantenido la nómina de personal vigente al 30 de abril de 2020. A ellos se les bonificará del 100% de los intereses devengados y no se cobrará interés de financiación con la posibilidad de pagar hasta en 24 cuotas.</p><p>Esos sectores son:</p><p>Transporte Escolar</p><p>Gimnasios, Natatorios y Afines</p><p>Salones de Fiestas</p><p>Centros Culturales</p><p>Cines y Teatros</p><p>Gastronomía</p><p>Hotelería y hospedaje</p><p>Agencias de Turismo</p><p>Dada la necesidad de actualizar el sistema de cobro, este régimen estará vigente desde el próximo 14 de junio y hasta el 31 de julio del corriente año, y para adherir los contribuyentes podrán hacerlo desde el sitio web de ARM o bien, en forma presencial en las oficinas con turno previo.</p><p>Para más información, los interesados pueden ingresar en https://www.mardelplata.gob.ar/arm</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/LFcOYmIEdPtertCPr4a6wj-LXfk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1622541907descarga.jpg.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El regimen es para quienes tengan deudas en tasas, derechos, contribuciones, acciones y multas como así también de deudas devengadas en concepto de Im...]]>
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                                <updated>2021-06-01T00:00:00+00:00</updated>
                <published>2021-06-01T00:00:00+00:00</published>
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            Ganancias: el nuevo piso será retroactivo a enero 2021 y el aguinaldo quedará exento
        </title>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/jCg3YAnamchNngwevmYROj9bYRE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1615209749ganancias.jpg.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p class=&quot;MsoNormal&quot;>El proyecto
para subir el piso salarial a partir del cual se paga Ganancias y que lo fija
en 150.000 pesos brutos se aplicará de modo retroactivo a enero de 2021, lo que
implica que quienes hayan tenido descuentos por ese impuesto en enero, febrero
y marzo recibirán un reintegro en el mes de abril.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>Así lo
confirmaron en las últimas horas a Télam desde el equipo técnico del presidente
de la Cámara de Diputados, Sergio Massa.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>La decisión
fue acordada entre el propio Massa, el Ministerio de Economía y la AFIP,
detallaron esas fuentes.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>Además,
desde la Cámara Baja informaron que el medio aguinaldo (Salario Anual
Complementario) que se paga en junio y diciembre, en el caso de los asalariados
con remuneraciones de hasta 150.000 pesos brutos, quedará expresamente exento
del tributo.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>&quot;Los
mencionados beneficios, que fueron incorporados teniendo en cuenta pedidos de
la CGT y legisladores tras mantener reuniones con el presidente de la Cámara,
ya han sido validados con Ministerio de Economía y AFIP&quot;, transmitieron
desde la Presidencia de Diputados a través de un comunicado.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>La
devolución de los descuentos por Ganancias de enero, febrero y marzo sumará un
beneficio adicional para los 1.267.000 trabajadores y jubilados que dejarán de
pagar el tributo una vez que se apruebe la ley.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>Para hacer
una proyección (aunque en cada caso dependerá de la estructura familiar del
trabajador y si descuenta de Ganancias ítems como alquiler y otros), un
asalariado soltero y sin hijos con salario de 110.000 pesos en bruto (91.300
pesos netos) cobrará el mes próximo un reintegro de 4.974 pesos.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>La exención
de Ganancias para el medio aguinaldo fue uno de los cambios que los
gremialistas propusieron a Massa, incluso es uno de los puntos de un proyecto
propio que presentó el diputado Facundo Moyano (FdT&#45;Buenos Aires).</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>Con la
aplicación retroactiva y que el SAC quede exento del tributo, estiman cerca de
Massa, el Estado promoverá un impacto positivo en los bolsillos de trabajadores
y jubilados de alrededor de 10.000 millones de pesos.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>Esa
inyección de fondos, aseguran, &quot;se volcará de manera directa al
consumo&quot;.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>&quot;El
Presidente pidió en la Asamblea acelerar el tratamiento de Ganancias porque
para el Gobierno la recuperación del ingreso es una prioridad&quot;, aseguró
Massa en declaraciones a Télam.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>El proyecto
de reforma de Ganancias modifica el artículo 30 de la ley 20628 (texto ordenado
en 2019) para elevar el monto mínimo no imponible.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>Con esa
modificación, los trabajadores que cobren hasta 150 mil pesos y los jubilados
que perciben hasta 8 jubilaciones mínimas ya no pagarán el impuesto.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>&quot;Este
alivio fiscal que se está impulsando para trabajadores y jubilados, que
implicará una esfuerzo presupuestario para el Estado, se va a compensar por la
mayor recaudación que generará el consumo adicional&quot;, evaluaron desde el
equipo de asesores del titular de la Cámara.</p><p>



























</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>&quot;La
suba del mínimo no imponible, más la retroactividad a enero y la exención del
medio aguinaldo, impactarán de manera positiva en el bolsillo de trabajadores y
jubilados&quot;, completaron.</p>]]>
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                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/jCg3YAnamchNngwevmYROj9bYRE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1615209749ganancias.jpg.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El proyectopara subir el piso salarial a partir del cual se paga Ganancias y que lo fijaen 150.000 pesos brutos se aplicará de modo retroactivo a en...]]>
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                                <updated>2021-03-08T00:00:00+00:00</updated>
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