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    <title>LU9 Mar del Plata</title>
    <subtitle>Entrevistas exclusivas para informarse minuto a minuto de lo que acontece en Mar del Plata.</subtitle>
    <updated>2021-08-05T00:00:00+00:00</updated>
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            Plazos fijos UVA, ON, fondos de inversión y fideicomisos en pesos quedan exentos de impuestos
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/zfdI7hbCsslelgrlZK8oTA7R4Rw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1628167408UVA.jpg.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p style=&quot;margin&#45;top:11.25pt;margin&#45;right:0cm;margin&#45;bottom:0cm;margin&#45;left:
0cm;margin&#45;bottom:.0001pt&quot;>Los intereses de los plazos fijos en
UVA, las obligaciones negociables (ON), los fondos comunes de inversión (FCI),
los fideicomisos financieros y otros instrumentos financieros en pesos destinados a fomentar la inversión productiva quedaron,
desde este miércoles, exento de los
impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes
Personales.

El Gobierno formalizó las modificaciones
introducidas en Ganancias y Bienes Personales a través de la Ley 27.638
aprobada a mediados de julio último en el Congreso, con su publicación en el Boletín Oficial, y a partir de este miércoles comenzaron a regir
las nuevas exenciones impositivas a las inversiones en pesos para el periodo
fiscal 2021.

La iniciativa fue un
proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo en octubre de 2020 al Congreso, que finalmente fue aprobado el 2 de julio último
por la Cámara de Diputados y el 15 de julio tuvo la sanción definitiva del
Senado.

Durante su paso por Diputados, se eliminó uno de
los puntos polémicos, el artículo tercero, que permitía gravar con Bienes
Personales los plazos fijos que no se depositen por un plazo menor a 275 días.

Finalmente, la normativa se fijó como propósito
incentivar mediante la política fiscal las inversiones en moneda nacional.

La nueva legislación dispuso, en el caso de
Ganancias, la exención a los intereses o la denominación que tuviere el
rendimiento producto de la colocación de capital en los instrumentos emitidos
en moneda nacional destinados a fomentar la inversión productiva, que
establezca el Poder Ejecutivo nacional.

En este conjunto se incluyen los intereses de plazos fijos UVA (Unidad de
Valor Adquisitivo) que se ajustan por inflación &#45;y cuyo
capital ya estaba exento&#45;, y otros depósitos con cláusulas de ajuste.</p><p style=&quot;margin&#45;top:11.25pt;margin&#45;right:0cm;margin&#45;bottom:0cm;margin&#45;left:
0cm;margin&#45;bottom:.0001pt&quot;>Además, la normativa exime de Bienes Personales a las
obligaciones negociables emitidas en moneda nacional, que son básicamente
colocaciones de deuda de las empresas privadas; los instrumentos emitidos en
moneda nacional destinados a fomentar la inversión productiva; las cuotapartes
de fondos comunes de inversión y los certificados de participación y valores
representativos de deuda fiduciaria de fideicomisos financieros, que hubiesen
sido colocados por oferta pública con autorización de la Comisión Nacional de
Valores (CNV).

Acá se contemplan los fondos comunes de inversión y los
fideicomisos financieros que inviertan mayormente en títulos,
bonos y demás valores emitidos por la Nación, las provincias, las
municipalidades y la ciudad de Buenos Aires; como también depósitos en moneda
argentina y extranjera efectuados en el país, y a plazo fijo o en caja de
ahorro.

En cuanto a este punto, la ley deja aún por establecer
por la reglamentación de la misma, el porcentaje mínimo de depósitos y bienes
que como activo subyacente principal deberán tener los fondos comunes de
inversión y los fideicomisos financieros para
acceder a las exenciones impositivas establecidas.

En ese sentido, la normativa subraya que &quot;no se
tendrá por cumplido el porcentaje, si se produjera una modificación en la
composición de los depósitos y bienes que los disminuyera por debajo de ese
mínimo, durante un período continuo o discontinuo de, como mínimo, 30 días en
un año calendario o el equivalente a la proporción de días considerando el
momento de ingreso al patrimonio de las cuotapartes o certificados de
participación o valores representativos de deuda fiduciaria hasta el 31 de
diciembre&quot; de cada año.

En este caso, las exenciones de las cuotapartes de
fondos comunes de inversión e inversiones en fideicomisos financieros no se
encuentran limitadas a que los activos subyacentes principales sean en moneda
nacional, con lo cual abre la posibilidad a incluir también colocaciones en
dólares.</p><p style=&quot;margin&#45;top:11.25pt;margin&#45;right:0cm;margin&#45;bottom:0cm;margin&#45;left:
0cm;margin&#45;bottom:.0001pt&quot;> </p><p style=&quot;margin&#45;top:11.25pt;margin&#45;right:0cm;margin&#45;bottom:0cm;margin&#45;left:
0cm;margin&#45;bottom:.0001pt&quot;> </p><p>







</p><p style=&quot;margin&#45;top:11.25pt;margin&#45;right:0cm;margin&#45;bottom:0cm;margin&#45;left:
0cm;margin&#45;bottom:.0001pt&quot;> </p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/zfdI7hbCsslelgrlZK8oTA7R4Rw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1628167408UVA.jpg.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Los intereses de los plazos fijos enUVA, las obligaciones negociables (ON), los fondos comunes de inversión (FCI),los fideicomisos financieros y otr...]]>
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                <updated>2021-08-05T00:00:00+00:00</updated>
                <published>2021-08-05T00:00:00+00:00</published>
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