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    <title>LU9 Mar del Plata</title>
    <subtitle>Entrevistas exclusivas para informarse minuto a minuto de lo que acontece en Mar del Plata.</subtitle>
    <updated>2021-03-12T00:00:00+00:00</updated>
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            Fernández derogó tres decretos de Macri que habilitaban el voto postal anticipado
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/_QI_KbiORIMYEkMmWHigufZI7gI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1615553104electoral.jpg.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p class=&quot;MsoNormal&quot;>El Gobierno
nacional formalizó este viernes la derogación de tres decretos firmados por el
expresidente Mauricio Macri, en 2019, que modificaban la metodología para votar
contemplada por el Código Electoral nacional y que habilitaban el voto postal
anticipado sin la aprobación del Congreso.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>La medida
fue adoptada por el presidente Alberto Fernández, por medio del Decreto
166/2021 que fue publicado en el Boletín Oficial, con la firma también del jefe
de Gabinete, Santiago Cafiero; y el ministro del Interior, Eduardo
&quot;Wado&quot; de Pedro.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>Los decretos
anulados alcanzaban a ciudadanos y ciudadanas argentinas residentes en el
exterior, a personas privadas de libertad y a los miembros de las fuerzas
armadas y de seguridad afectadas al operativo electoral.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>El decreto
menciona que &quot;mediante los decretos 54/19 y 55/19 el Poder Ejecutivo
nacional creó un régimen de voto anticipado para las personas procesadas que se
encuentran cumpliendo prisión preventiva y para los y las agentes subordinados
y subordinadas al Comando General Electoral, respectivamente&quot;.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>En ese
punto, se remarca que ambos decretos &quot;constituyen una flagrante violación
al orden jerárquico establecido por el artículo 31 de la Constitución nacional,
cuya aplicación impide que un decreto pueda modificar una ley&quot;.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>En paralelo,
enfatiza que &quot;conforme al artículo 99, inciso 2 de la Constitución
nacional, el Presidente o la Presidenta de la Nación es quien expide las
instrucciones y reglamentos que sean necesarios para la ejecución de las leyes
de la Nación, cuidando de no alterar su espíritu con excepciones
reglamentarias&quot;.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>El jueves,
la secretaria de Asuntos Políticos del Ministerio del Interior, Patricia García
Blanco, había adelantado la derogación de los decretos. &quot;La Constitución
nacional es clara, un decreto no puede modificar una ley y menos en materia
electoral. Cualquier propuesta vinculada a los cambios de fecha o metodologías
de votación debe pasar por el Congreso de la Nación y ser respaldada por una
mayoría especial de votos&quot;, dijo.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>Las normas
anuladas habilitaban el sufragio universal de manera anticipada en o vía
postal, pese a que esas modalidades no están contemplada en la ley electoral.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>Los decretos
54/2019 y 55/2019 fijaban un régimen de voto anticipado para los
&quot;electores procesados que se encuentran cumpliendo prisión
preventiva&quot; y para los agentes afectados al Comando General Electoral.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>Sin embargo,
desde la cartera de Interior indicaron que es &quot;un cambio de procedimiento
que no puede ser modificado mediante decreto&quot;.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>Ambas
directivas fueron suspendidas en mayo de 2019 por Macri, a raíz de la impugnación
de diferentes fuerzas políticas que cuestionaron la utilización de un decreto
para cambiar los procedimientos electorales.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>En el caso
del decreto 45/2019, que habilitó la votación vía postal y anticipada para
ciudadanos argentinos residentes en el exterior fue declarado inconstitucional
por la jueza federal porteña María Servini, en mayo de 2019.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>Con
posterioridad, la Procuración de la Corte Suprema de Justicia dejó en claro que
ese decreto era &quot;incompatible con los criterios fijados por normas de jerarquía
superior que regulan la materia electoral&quot;, básicamente por tratarse de un
voto &quot;no presencial&quot;.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>La
Procuración concluyó que, tal como fija la ley, es materia del Congreso de la
Nación aprobar esos cambios, de acuerdo a mayorías especiales.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>Por ello, se
asegura que los &quot;mencionados decretos fueron dictados excediendo las
potestades reglamentarias del Poder Ejecutivo nacional, por cuanto en ambos
casos se modifica la fecha de una elección que ya se encuentra definida por
ley&quot;.</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;>En el mismo
sentido, se considera que el PEN se excedió cuando por el artículo 12 del
decreto 233/19 se estableció que las disposiciones de los decretos 54/19 y
55/19 &quot;serían de aplicación a partir de la elección que tendrá lugar en el
año 2021&quot;.</p><p>































</p><p class=&quot;MsoNormal&quot;> </p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/_QI_KbiORIMYEkMmWHigufZI7gI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1615553104electoral.jpg.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>El Gobiernonacional formalizó este viernes la derogación de tres decretos firmados por elexpresidente Mauricio Macri, en 2019, que modificaban la me...]]>
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                <updated>2021-03-12T00:00:00+00:00</updated>
                <published>2021-03-12T00:00:00+00:00</published>
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