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    <title>LU9 Mar del Plata</title>
    <subtitle>Entrevistas exclusivas para informarse minuto a minuto de lo que acontece en Mar del Plata.</subtitle>
    <updated>2021-01-29T00:00:00+00:00</updated>
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            &quot;La Corte Suprema es la única que puede unificar criterios sobre la aplicación de la IVE&quot;
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/qhJOYDl4JdSMQK9691tNjvHGeLE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1611926245Sin%20t%C3%83%C2%ADtulo.jpg.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p class=&quot;MsoNoSpacing&quot;>&quot;La
Corte Suprema es la única que puede unificar criterios sobre la aplicación de la
Interrupción Voluntaria del Embarazo, porque es el órgano judicial máximo que
está por sobre todas las cortes provinciales&quot;, explicó a LU9 Juan Antonio Costantino,
profesor titular de Derecho Procesal y Civil de la Universidad Nacional de Mar
del Plata, al referirse a la suspensión de la Ley de IVE por parte de la jueza
Marta Beatriz Aucar de Trotti, a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº
19 de Resistencia, Chaco, quien decidió hacer lugar a una medida cautelar que
indica incompatibilidad entre la constitución provincial y nacional para la aplicación.</p><p class=&quot;MsoNoSpacing&quot;> &quot;Es una medida cautelar, no es una sentencia
de fondo, que demoraría mucho más tiempo y es probable que en ese período se generaran
los abortos que la jueza no quería. Pero con absoluta seguridad será apelada
por la provincia de Chaco&quot;, afirmó el letrado quien analizó que &quot;lo mismo
podría pasar en la Provincia de Buenos Aires ya que nuestra constitución en elart. 12 inciso
1 indica que se garantiza el derecho a la vida desde la concepción hasta la
muerte natural&quot;.</p><p class=&quot;MsoNoSpacing&quot;>Deslizó
que puede que se genere &quot;un mosaico&quot; de medidas similares en el país y de
opiniones también ya que &quot;los jueces, sobre todo de primera instancia, no son
ajenos a su formación personal. Quiere decir que otro que tenga una visión de
la vida y del aborto distinta puede decir con muchos fundamentos que la ley
nacional es constitucional&quot;. </p><p>







</p><p class=&quot;MsoNoSpacing&quot;>Ante
esta situación donde se den medidas desiguales entre la constitucionalidad o no
de la IVE, indicó que la única solución &quot;es pensar en un per saltum, es decir,
saltar a una presentación en la Corte Suprema de manera directa por considerar
la situación de gravedad institucional&quot;.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/qhJOYDl4JdSMQK9691tNjvHGeLE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1611926245Sin%20t%C3%83%C2%ADtulo.jpg.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>"LaCorte Suprema es la única que puede unificar criterios sobre la aplicación de laInterrupción Voluntaria del Embarazo, porque es el órgano judicia...]]>
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                <updated>2021-01-29T00:00:00+00:00</updated>
                <published>2021-01-29T00:00:00+00:00</published>
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            &quot;El sector privado viene más atrás con la aplicación, ha hecho mucho dinero con la clandestinidad&quot;
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/9ibUFXVZr9dTFNRaJnnizH2a_UM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1611148052WhatsApp%20Image%202021-01-20%20at%2010.07.03%20AM.jpeg.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p class=&quot;MsoNoSpacing&quot;>A partir de la sanción y promulgación de la Ley de
Interrupción Voluntaria del Embarazo desde el Ministerio de Salud y el
Ministerio de Género bonaerense elaboraron una guía para orientar a los equipos
de salud, &quot;marcar qué es lo que cambia de lo que se venía haciendo a ahora&quot;,
indicó en diálogo con LU9 Sabrina Balaña, directora provincial de Equidad de Género
en Salud.</p><p class=&quot;MsoNoSpacing&quot;>&quot;Muchas veces las leyes llevan un tiempo de
implementación y contar con protocolos o guías que explican a los equipos
facilita y acelera su aplicación&quot;, añadió y puntualizó que implica &quot;explicar que
sólo se necesita la voluntad de la persona gestante, qué tienen que completar
en la historia clínica, que no se hace más la evaluación de causales hasta la
semana 14 pero que luego de la semana 14 es legal y voluntario en algunos casos
en los que sí hay que acreditar causales como violación o si tiene riesgo de
vida o salud. Esta diferencia que parece sencilla en la práctica requiere de
adaptaciones. Y también actualizamos sobre el uso de tratamientos para la
práctica&quot;. </p><p class=&quot;MsoNoSpacing&quot;>Con respecto a la resistencia en la aplicación de la ley,
destacó que &quot;en enero 2020 adherimos al protocolo nacional que existía hasta
ese momento. Eso dio un marco a los equipos de salud y nos dimos cuenta que muchos
rechazaban la práctica porque les daba miedo, inseguridad o pensaban en
consecuencias legales. Todo lo que trabajamos, sirve para que entiendan que los
problemas legales son para quienes no realicen las prácticas o rechacen&quot;. </p><p class=&quot;MsoNoSpacing&quot;>&quot;En el sector público &#45;continuó&#45; lo venimos trabajando mucho pero el
sector privado viene un poco más atrás ya que es un sector que ha hecho dinero
con la clandestinidad y algunas instituciones son de tinte religioso, tienen
restricciones. Por eso trabajaremos fuerte con IOMA y todos los privados que lo
tienen para que entiendan la aplicación de la guía de implementación en todos
los estamentos de salud provinciales&quot;. </p><p class=&quot;MsoNoSpacing&quot;>Con respecto a la objeción de consciencia &quot;las únicas
personas que tienen ese derecho son quienes participan activamente de la
práctica, osea el que está en consejería, que entrega el medicamento o realiza
la práctica. No así los enfermeros, ecógrafos o quienes asistan o colaboren,
porque están en su deber como profesionales de asistir&quot;. Además &quot;la objeción debe
hacerse es antes de la práctica, no cuando una mujer se acerca al centro de
salud. Tienen que avisar con antelación a la institución que trabajan y poner
otro médico que garantice la práctica. Hay que naturalizar la práctica como un
tema de salud. La negación y sanción cabe al profesional en tanto y en cuanto
no pueda garantizar la práctica (10 días) con otro profesional, con una derivación
rápida y efectiva, lo cual es responsabilidad del profesional y la institución&quot;.
</p><p class=&quot;MsoNoSpacing&quot;>Si bien no hay una edad mínima para realización de un
aborto, aunque &quot;no es lo mismo una persona menor de 13 años que va a requerir
el acompañamiento y asistencia en el consentimiento de un adulto responsable, que
una de 13 a 16 donde depende de la progresividad de la autonomía que plantea el
Código Civil. Y también depende del tipo
de práctica, si puede poner en riesgo su vida se requiere tutor&quot;. </p><p class=&quot;MsoNoSpacing&quot;>Aunque no es condición obligatoria, la funcionaria
destacó la formación de equipos multidisciplinarios &quot;que den la posibilidad de intervención
psicológica tras la práctica porque pueden detectar otras problemáticas preexistentes
y lo que genere la situación de interrupción. Lo que venía siendo traumático
era la clandestinidad, poder ir a un lugar de salud y que te acompañen es
reparador&quot;. </p><p>













</p><p class=&quot;MsoNoSpacing&quot;>Por último, sobre si existen límites de prácticas por
persona gestante, indicó que &quot;no las hay, no las establece la ley porque no
está puesto el eje en la cantidad. Que la persona pueda asistir a un centro de
salud, luego de acompañar en la interrupción, hay que garantizarle con el mismo
compromiso un método anticonceptivo para que no vuelva a estar en esa situación&quot;. </p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/9ibUFXVZr9dTFNRaJnnizH2a_UM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://lu9mardelplatacdn.eleco.com.ar/contenido/noticias/original/1611148052WhatsApp%20Image%202021-01-20%20at%2010.07.03%20AM.jpeg.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>A partir de la sanción y promulgación de la Ley deInterrupción Voluntaria del Embarazo desde el Ministerio de Salud y elMinisterio de Género bonaere...]]>
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